Justicia administrativa
La documentación fue presentada incompleta. El Secretario de Planeación formuló requerimiento al peticionario para quecompletara la documentación, y le dio un plazo de 10 días hábiles. Constructora Social S.A.S. completó parcialmente la documentación faltante.
Los vecinos del sector se hicieron partícipes dentro delprocedimiento administrativo y pidieron que se le niegue la licencia de construcción porque la documentación fue presentada incompleta y porque se viola el POT del municipio.
Vencidos los 45 días hábilesque establecen las normas vigentes, no se dio respuesta a la solicitud. El día 46 Constructora Social S.A.S. protocolizó el silencio administrativo positivo, y así obtuvo la licencia de construcción.PREGUNTAS
A la luz del C.C.A y de la ley 1437 de 2011:
1. ¿Es viable la participación de terceros dentro del procedimiento administrativo? Sustente su respuesta.
Los particulares sipueden participar a partir del término de publicación. De acuerdo con el numeral 2, artículo 38 de la Ley 1437 de 2011, podrán intervenir los terceros en actuaciones administrativas cuando sus derechoso situación jurídica puedan resultar afectadas con la actuación administrativa adelantada en interés particular, en el presente caso el de los vecinos del sector , o cuando la decisión que sobre ellarecaiga pueda ocasionarles perjuicios, esto teniendo en cuenta que la información suministrada por la Constructora Social SAS no fue presentada en forma completa.
2. ¿Es viable hacer el silencioadministrativo positivo? Sustente su respuesta.
Es viable el silencio positivo solo se puede invocar en los casos expresamente previstos en disposiciones legales especiales, el cual se entenderá...
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