Justicia de Paz
1.- FUNDAMENTACIÒN LEGAL.
La justicia de paz tiene su fundamento legal en los artículos 178 ordinal7 y 258 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Articulo 178. Son de lacompetencia del Municipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a lavida local, en especialla ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria concriterios de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y elmejoramiento, en general, delas condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas:
1. Ordenación territorial y urbanística; patrimonio histórico; vivienda de interés social; turismo local; parques y jardines, plazas,balnearios y otros sitios de recreación; arquitectura civil, nomenclatura y ornato público.
2. Vialidad urbana; circulación y ordenación del tránsito de vehículos y personas en lasvías municipales;servicios de transporte público urbano de pasajeros y pasajeras.
3. Espectáculos públicos y publicidad comercial, en cuanto concierne a los intereses y fines específicos municipales.
4. Proteccióndel ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental; aseo urbano y domiciliario, comprendidos los servicios de limpieza, de recolección y tratamiento de residuos y proteccióncivil.
5.Salubridad y atención primaria en salud, servicios de protección a la primera y segunda infancia, a la adolescencia y a la tercera edad; educación preescolar, servicios de integración familiar de la personacon discapacidad al desarrollo comunitario, actividades e instalaciones culturales y deportivas; servicios de prevención y protección, vigilancia y control de los bienes y lasactividades relativas
2.- DEFINICIÒN Y ANTECEDENTES.
DEFINICIÒN
La justicia de paz es un mecanismo mediante el cual se solucionan los inconvenientes que surjan de la vida en comunidad, es decir, es una herramienta para solucionar pequeños conflictos que surjan en el devenir de las relaciones personales y cotidianas entre vecinos o familiares.
ANTECEDENTES
Este mecanismo no esnuevo para los venezolanos, encontrándose sus antecedentes en anteriores constituciones. Inicialmente, en la Constitución de Angostura de 1819, redactada por el Libertador Simón Bolívar, fue reconocida la figura del juez de paz en su artículo 81 y, luego también en la Constitución de 1830 se reconoce esta figura en el artículo 1782.
Empero, su regulación fue de una manera distinta a la que hoyconocemos, al considerársele como integrante del Poder Judicial y reconocérseles competencias en materia civil y penal. Durante el siglo XX, la figura del juez de paz poco a poco cae en desuso en Venezuela. Inclusive, con la entrada en vigencia de la Constitución del año 1945 y el proceso de nacionalización de la justicia —lo cual implicó la centralización total del Poder Judicial a favor de laRepública y la supresión de los sistemas estadales y municipales— la figura del juez de paz desaparece totalmente. Sin embargo, en 1974, con la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la justicia de paz vuelve a incorporarse en el proyecto de reforma a esa ley .
Posteriormente, dada la crisis del Poder Judicial en Venezuela por el congestionamiento e ineficiente funcionamiento de lostribunales como consecuencia del exceso de causas para ser solucionadas por unos pocos jueces, surge la necesidad de una revisión de las instituciones propias del Estado y la concepción de la justicia y del ciudadano. En tal sentido, se inicia todo un proceso de reforma del Estado en el que se toma en cuenta al sistema de justicia. Así se crea en 1984 la Comisión Presidencial para la Reforma del...
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