justicia
Especialista en mediación penal, coordinadora del servicio de mediación penal en Burgos,
presidenta de amepax. Articulo publicado en la revista de derecho penal. LEX NOVA.
Numero23/2008
SUMARIO : JUSTICIA RESTAURATIVA Y MEDIACIÓN PENAL:
1-LA ALTERNATIVA A LA CRISIS DEL DERECHO PENAL
2-ORIGEN Y DEFINICIONES DE JUSTICIA RESTAURATIVA:
a) Origen
b) Definiciones3-OBJETIVOS, CARACTERISTICAS Y BENEFICIOS DE LA JUSTICIA
RESTAURATIVA:
a) Objetivos
b) Características
c) Beneficios
4-¿CUALES SON LOS MODELOS UTILIZADOS PARA REALIZAR LA JUSTICIA
RESTAURATIVA?
Mediación victima e infractor
Conferencia de familia o Grupo de Comunidad
Tratado de Paz o Círculo de Sentencia
5-RAIZ COMUN DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA Y LA ACTUAL JUSTICIA
RETRIBUTIVA: Restitución
Servicio Comunitario
6-MEDIACIÓN Y JUSTICIA RESTAURATIVA, DOS CARAS DE LA MISMA
MONEDA
7-MEDIACIÓN Y OTROS MECANISMOS DE RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE
CONFLICTOS
8-MEDIACIÓN PENAL:
A) FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA MEDIACIÓN PENAL:
1-Doctrina
2-Bases legales y jurisprudenciales
Derecho Constitucional
Código Penal
Ley de Enjuiciamiento Criminal
Ley Orgánica GeneralPenitenciaria
Ley de Responsabilidad del menor
3-Derecho supranacional
( este articulo forma parte del 1º libro de investigación de esta autora: “justicia
restaurativa y mediación penal de la teoria a la practica”. Número de asiento registral
00/2005/917)
1-LA ALTERNATIVA A
PENAL
LA CRISIS DEL DERECHO
Paradójicamente, todo se pretende solucionar acudiendo al Derecho Penal,
existeuna creencia o más bien una esperanza en el hecho de que el
endurecimiento de las penas y en general, el rigorismo punitivo pueda ser
la panacea de todos los problemas de la sociedad. Se incrementa
-1-
inconmensurablemente la función del Derecho punitivo, pero su eficacia
real y potencial, dista mucho de ser la que fantasean los que acuden a este
derecho pretendiendo soluciones mágicas.Cada vez es más frecuente
acudir a los Tribunales ante cualquier conflicto por pequeño que este sea.
Existe una creencia de que por esta vía, se va a conseguir una solución más
satisfactoria para ambos, y a pesar de que suele revelarse como muy poco
idóneo para resolver los litigios porque no atiende a las necesidades de las
personas, sigue siendo el único cauce que encuentran los ciudadanospara
resolver las disputas y para satisfacer la demanda de respuesta ante la
comisión de un delito.
El castigo al culpable, se torna en una auténtica obsesión social y por una
parte reconcilia a la colectividad con la idea de justicia, intimida al culpable
y al resto de potenciales candidatos y finalmente sacia la sed de venganza
de la comunidad, pero aún así se olvida y deja sin respuesta aquién queda
en una situación de mayor vulnerabilidad: la víctima. Además se está
prescindiendo de algo tan relevante e importante como es la orientación
reinsertadora de las penas privativas de libertad. Es de destacar que a pesar
de este considerable aumento del rigorismo en las sanciones, la realidad
muestra unas altas tasas de reincidencia y escasa contención de los
infractores inclusoante las penas más "crueles". Por tanto, como he venido
diciendo, esta inflación del derecho penal no viene acompañada de una
disminución efectiva de la criminalidad, ni de un sentimiento de mayor
seguridad subjetiva por parte del ciudadano.
Por todo esto, se puede concluir diciendo que una sociedad responsable
debe tener resortes propios para la gestión de sus conflictos basándoseespecialmente en el principio de intervención mínima, hoy en día en trance
de desaparecer merced a la multiplicidad de tipos penales y el aumento
cuantitativo de las penas. En este sentido, la justicia restaurativa y dentro
de ella la mediación penal es un complemento a tener en cuenta en el
proceso penal. Éste trata de esclarecer si el hecho denunciado existió, si el
imputado participó activamente...
Regístrate para leer el documento completo.