Juzgado de garantia
Art. 14.- Los juzgados de garantía estarán
conformados por uno o más jueces con competencia en un
mismo territorio jurisdiccional, que actúan y resuelvenunipersonalmente los asuntos sometidos a su
conocimiento.
Corresponderá a los jueces de garantía:
a) Asegurar los derechos del imputado y demás
intervinientes en el proceso penal, de acuerdo a la
leyprocesal penal;
b) Dirigir personalmente las audiencias que
procedan, de conformidad a la ley procesal penal;
c) Dictar sentencia, cuando corresponda, en el
procedimiento abreviado que contemple la leyprocesal
penal;
d) Conocer y fallar las faltas penales de
conformidad con el procedimiento contenido en la ley
procesal penal, y
e) Conocer y fallar, conforme a los procedimientos LEY 19708regulados en el Título I del Libro IV del Código Art. 1º Nº 1
Procesal Penal, las faltas e infracciones contempladas D.O. 05.01.2001
en la Ley de Alcoholes, cualquiera sea la pena que ella NOTA 1
lesasigne;
f) Hacer ejecutar las condenas criminales y las
medidas de seguridad, y resolver las solicitudes y
reclamos relativos a dicha ejecución, de conformidad LEY 20084
a la ley procesal penal;Art. 65 Nº 1
g) Conocer y resolver todas las cuestiones y D.O. 07.12.2005
asuntos que la ley de responsabilidad penal juvenil NOTA 3
les encomienden, y
h) Conocer y resolver todas las cuestiones yasuntos que este Código y la ley procesal penal les
encomienden.
NOTA:
Ver vigencia de las modificaciones introducidas a
este artículo por la LEY 19665, en el artículo 7º
transitorio de esa ley.NOTA: 1
El artículo Transitorio de la LEY 19708, dispone que
de las modificaciones introducidas a este artículo por
ésta, entrarán en vigencia de acuerdo a lo dispuesto por
en el artículo 7ºtransitorio de la LEY 19665.
NOTA: 2
El Nº 1º del artículo 2º de la LEY 19708, reemplaza
en el texto de la LEY 19665, modificatoria de este
artículo, las expresiones "tribunales orales en lo penal"...
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