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Páginas: 7 (1574 palabras) Publicado: 15 de julio de 2015
ÁMBITO JURÍDICO

Ámbito internacional

10 al 23 de noviembre de 2014

10 al 23 de NOVIEMBRE de 2014

academia
OPINIÓN 21
ACAdemia
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Con el apoyo de Konrad-Adenauer-Stiftung. Programa Estado de Derecho para América Latina. Grupos de Estudios

En el marco del
reciente encuentro
anual del Grupo de
Estudios sobre Justicia Constitucional
y Derechos Fundamentales, apoyado por elprograma Estado de Derecho
de la Fundación Konrad Adenauer, que se realizó en
Colombia, el eje central de discusión fueron las sentencias
estructurales como herramienta de respuesta legítima
ante situaciones de alta complejidad en las violaciones
de derechos humanos (DD HH).
En esta entrega, y desde las particularidades y experiencias de las realidades latinoamericanas, tres integrantes del grupo,Víctor Bazán (Argentina), Gilbert Armijo
(Costa Rica) y Claudio Nash (Chile), dan continuidad
a sus reflexiones sobre la justificación y contenido de
estas sentencias. 
¿Qué tan conveniente es para el funcionamiento del
Estado social de derecho y de la división de poderes el
hecho de que los altos tribunales expidan sentencias
estructurales en las que le exijan al Ejecutivo la adopción de políticaspúblicas u ordenen al Legislativo la
expedición de normas?
Víctor Bazán: Sí, es conveniente, pero en un marco
de constitucionalismo cooperativo. Si el Ejecutivo y/o
el Legislativo no cumplen cabalmente los mandatos
constitucionales o lo hacen deficitariamente (incurriendo en omisiones inconstitucionales), es posible y
aconsejable que los altos tribunales, por medio de, por

“Estas sentenciasrepresentan una
herramienta legítima, en la medida en
que sean prudentemente empleadas...”.
Víctor Bazán
ejemplo, sentencias estructurales, marquen algunos
lineamientos generales para la adopción de políticas
públicas o tracen líneas dialógicas con el Legislativo
para la expedición de normas necesarias con el fin
de garantizar la operatividad de los derechos fundamentales y, así, evitar que continúe elbloqueo a la
supremacía y la fuerza normativa de la Constitución
y los instrumentos internacionales sobre derechos
esenciales de los que el Estado sea parte.
Gilbert Armijo: En sus 25 años de funcionamiento,
el Tribunal Constitucional costarricense ha dictado
algunos fallos estructurales en casos muy puntuales, por ejemplo, la Sentencia 1154-96, en la que se
ordena al Ejecutivo continuar el proceso derehabilitación de la zona donde se ubica el relleno sanitario
de Río Azul y llegar al cierre definitivo del relleno
con estricto apego a las medidas que garanticen los
derechos fundamentales; la Sentencia 2011-13800, que
reconoce el derecho de los privados de libertad con
orientación sexual diversa de obtener el beneficio de
la visita íntima, o la Sentencia 2013-4621, que ordenó
a la PresidentaEjecutiva de la Caja Costarricense de
Seguro Social una serie de plazos para la prestación
de servicios médicos en el país.
Estas soluciones no son exclusivas de la jurisdicción
costarricense y es posible encontrar similares en el
derecho comparado o en el Derecho Internacional
de los Derechos Humanos.
No hay, por tanto, infracción del principio de separación de poderes o división de funciones, enla
medida en que los tribunales constitucionales operen
en el marco de las competencias constitucionales y
legales, como supremos intérpretes de dichas normas,
y, en general, como defensores últimos de los derechos
fundamentales de los particulares.
Claudio Nash: Para el Estado social de derecho
en el siglo XXI, los derechos fundamentales no son
un límite externo, sino un elemento de legitimidaddel poder público. En ese entendido, los DD HH son
obligatorios para todos los poderes del Estado, cada
uno en el ámbito de sus competencias. Dotar de efec-

ÁMBITO JURÍDICO

21

El debate sobre
las sentencias estructurales

tividad a los derechos en sociedades complejas como
las latinoamericanas implica un esfuerzo por hacerse
cargo de los desafíos que presenta la realidad.
De ahí que frente a...
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