Kilometrajes alegaciones
El art. 9 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Rentade las Personas Físicas, viene a establecer, entre otras, que quedan exceptuadas de gravamen las asignaciones para gastos de locomoción destinadas por la empresa a compensar los gastos de locomocióndel empleado o trabajador que se desplace fuera del trabajo, para realizar su trabajo en lugar distinto, siempre y cuando se impute 0,19 euros por kilómetro recorrido y siempre que se justifique larealidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen. Más adelante, en el apartado A.1.6 del mismo artículo dice que “las asignaciones para gastos de locomoción,manutención y estancia que excedan de los límites previstos en este artículo estarán sujetas a gravamen”. En un principio, debe entenderse que si los gastos de locomoción superan ese límite de 0,19 eurospor kilómetro recorrido, el exceso debe considerarse un rendimiento del trabajo o renta sujeta a gravamen y, por tanto, sujeta a retención de IRPF.
Ahora bien, el apartado 6.b).9 del Manual sobreel Procedimiento de Gestión y Control de la ayudas para sufragar los gastos de funcionamiento de los GDR (aprobado el 14/07/2010) en la sección correspondiente a gastos de desplazamiento (pág. 15)...
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