La acción protectora del sistema de seguridad social.
1. CONSIDERACIONES GENERALES Y ALCANCE DE LA ACCIÓN.
En el Art. 41 de la CE se articula un sistema cuya finalidad es proteger a todos los ciudadanos en situaciones de necesidad ene el momento en que sufran determinadas contingencias. Esto es lo que consideramos Acción Protectora del Sistema.
De la Villa y Desdentado definen la AcciónProtectora como el conjunto de beneficios que los sujetos protegidos por la Seguridad Social pueden obtener con su cargo a los fondos de la misma para reparar situaciones de necesidad derivadas de ciertas contingencias, todo ello a partir de un hecho causante de dicha situación.
Riesgo Se diferencian riesgos genéricos (los puede sufrir cualquier persona), frente a los riesgos específicos (losque afectan a los trabajadores), dentro de estos últimos se distinguen entre los riesgos profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) y los riesgos comunes o no profesionales (accidentes no laborales y enfermedad común).
Contingencia Situación de infortunio que da derecho a la protección del sistema mediante prestaciones. Puede ocasionar una pérdida de ingresos o un incremento degastos, o ambas cosas. Puede darse o no.
Situación de necesidad Situación que afecta a una persona cuando se producen las circunstancias anteriores.
Hecho causante Actualización de la contingencia protegida que genera la situación de necesidad del sujeto.
Prestación Lo que da el Estado al sujeto para hacer frente a una situación de necesidad cumpliendo determinados requisitos. Pueden seren dinero o en especie.
La Acción Protectora del sistema es distinta en el régimen general que en los regímenes especiales de la SSSS. Pero también es distinto en comparación con otros. Hay diversidad protectora de regímenes en SSSS, el TC entiende que eso no es discriminatorio siempre que en todos ellos se cubra una protección mínima: CONVENIO 102 OIT.
Comprende la asistencia sanitaria enlos casos de maternidad, enfermedad común y profesional y accidente de trabajo. La recuperación profesional en los casos anteriores, prestaciones económicas en incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo en el embarazo o lactancia, invalidez en sus modalidades contributiva y no contributiva, jubilación en ambas modalidades, desempleo en nivel contributivo y asistencial, muerte ysupervivencia y otras que se determinan reglamentariamente.
Se extiende a las prestaciones familiares por hijo a cargo en su modalidad no contributiva y contributiva.
También las prestaciones de servicios sociales para reeducación y rehabilitación de inválidos. También para la 3º edad.
Es semejante en los regímenes especiales pero generalmente inferior.
2. LOS RIESGOS PROFESIONALES.
Accidente detrabajo: es el primer riesgo protegido por la SSSS en España, ostenta una posición central en el sistema, destaca y tiene una protección especial. Tieen posición privilegiada.
El Art 115 LGSS Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Eso es así en el régimen general, la protección poreste riesgo existe también en regímenes especiales de trabajadores autónomos: RETA, REA y REM.
Del accidente laboral se tiene una noción amplia tanto en la legislación como en la jurisprudencia. Se trata de una lesión corporal en sentido amplio: epilepsia, enfermedad mental).
Ha de existir nexo causal entre el trabajo y la lesión corporal, relación de causa y efecto. Se entiende roto cuando lalesión es por un acto voluntario del trabajador que se autolesione o se deba a fuerza mayor.
En el Art. 115.3 LGSS, existe una presunción iuris tantum toda lesión corporal del trabajador durante y en el lugar de trabajo es accidente laboral.
Accidente en sentido propio tiene dos divisiones:
• En el lugar de trabajo
Es el más básico, existe una presunción del art 115.3 con prueba...
Regístrate para leer el documento completo.