la administracion publica
forma parte del poder ejecutivo, y a diferencia del poder legislativo y judicial, es un poder activo por excelencia ya que no se limita a dictar normas jurídicas, sino que también aprueba normas generales (reglamentos) y puede resolver conflictos o controversiasaplicando el derecho o mediante el arbitraje, ya que cuenta con una potestad sancionadora muy extensa, sin perjuicio de la que ejercen los jueces y tribunales penales y con subordinación a la justicia en todo caso.
provee cotidianamente a las necesidades generales: supervisando, controlando, autorizando y ordenando actividades privadas, prestando servicios a los ciudadanos o contratando ygestionando infraestructuras públicas
no siempre los poderes públicos cumplen sus fines y realizan sus funciones sirviéndose de organizaciones administrativas dotadas de personalidad jurídica pública y regulada por normas de derecho administrativo.
controles internos: intervención del gasto público, exigencia de informes previos, interposición de recursos contra una decisión ante el órgano superiorjerárquico que la adoptó,…
-controles externos: el control judicial de nuestro país, la jurisdicción contencioso-administrativa.
la doctrina administrativa ha sostenido que para la creación y existencia del derecho administrativo se requiere la concurrencia de dos condiciones o principios, a saber, la existencia de una administración suficientemente desarrollada y la aceptación del principio según elcual la administración, rama del ejecutivo, está sometida a la ley. por consiguiente, a través de estos dos principios hacen posible y necesaria la creación del derecho administrativo y, por tal razón, la doctrina ha afirmado que francia fue el primer país que reunió estos dos elementos fundamentales que hicieron posible la creación de esta disciplina.
época de la monarquía
puede decirse que elderecho público existe como tal desde que existe la civilización, ya que por muy simples que fueran los sistemas políticos siempre han necesitado de normas que rijan las relaciones entre el poder y los súbditos. pero a pesar de ello y de que las garantías judiciales alcanzaron ya en el antiguo régimen un notable estado de desarrollo, no puede hablarse todavía en esta época de derecho administrativoporque no existe aún la administración pública. además, es muy difícil hablar en esta época de una justicia administrativa, aunque, ya entonces, existían órganos contenciosos y recursos en materia administrativa; la realidad de los hechos exige rechazar su carácter jurisdiccional puesto que lo que se trataba era de crear una especie de tribunal dependiente del rey que presentara los súbditos laapariencia de la justicia sin aplicarla en realidad.
por tanto, no existe una conciencia unitaria de la administración y, mucho menos, un derecho que regule su actuación ni una jurisdicción unitaria que conozca de sus actos, lo que sólo será posible tras la revolución francesa.
no obstante, debemos mencionar, que en esta época ya se conocen algunos tribunales especializados en asuntos administrativos.por ejemplo las cámaras de cuentas, jurisdicciones para problemas de aguas y bosques y la corte de monedas. sin embargo, no se podía hablar aún de la existencia de un derecho administrativo ni de una jurisdicción administrativa, por cuanto las actividades de estos organismos estaban regidas por el principio de la soberanía del monarca, que implicaba, a su vez, que "toda justicia emana del...
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