la asistencia economica
Artículo 82 del código de trabajo para la asistencia económica.
Art. 82.- Se establece una asistencia económica de cinco días de salario ordinario después de un trabajo continuo no menor detres meses ni mayor de seis; de diez días de salario ordinario después de un trabajo continuo no menor de seis meses ni mayor de un año; y de quince días de salario ordinario por cada año de servicioprestado después de un año de trabajo continuo, cuando el contrato de trabajo termina:
1ro. Por la muerte del empleador o su incapacidad física o mental, siempre que estos hechos produzcan comoconsecuencia la terminación del negocio;
2do. Por la muerte del trabajador o su incapacidad física o mental o inhabilidad para el desempeño de los servicios que se obligó a prestar.
En este caso, laasistencia económica se pagará a la persona que el trabajador hubiere designado en declaración hecha ante el Departamento de Trabajo o la autoridad local que ejerza sus funciones, o ante un Notario. A faltade esta declaración, el derecho pertenecerá por partes iguales y con derecho de acrecer, al cónyuge y a los hijos menores del trabajador, y a falta de ambos, a los ascendientes mayores de sesentaaños o inválidos, y a falta de estos últimos, a los herederos legales del trabajador.
Si el trabajador estuviera incapacitado física o mentalmente para recibir el pago de sus derechos, la asistenciaeconómica será entregada a la persona que lo tenga bajo su cuidado;
3ro. Por enfermedad del trabajador o ausencia cumpliendo las obligaciones u otra causa justificada que le haya impedido concurrir a suslabores por un período total de un año, desde el día de su primera inasistencia;
4to. Por agotamiento de la materia prima objeto de una industria extractiva; y
5to. Por quiebra de la empresa,...
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