La Autoincriminacion
EL PUEBLO DE PUERTO RICO, Recurrido
v.
Javier VIRUET CAMACHO, Peticionario.
No. CC-2007-256.
En El Tribunal Supremo De Puerto Rico.
San Juan, Puerto Rico, a 14 de abril de 2008.
April 14, 2008.
Certiorari
Juez Ponente: Hon. Rafael L. Martínez Torres
Oficina del Procurador General: Lcda. Daphne Cordero Guilloty Procuradora GeneralAuxiliar
Materia: Supresión de Confesión
Opinión del Tribunal Emitida por el JUEZ ASOCIADO SENOR REBOLLO LOPEZ
*1 El 4 de abril de 2006, se presentó una denuncia contra Javier Viruet Camacho, por violaciones a la Ley de Armas y el delito de Asesinato en Primer Grado, a raíz de hechos ocurridos el 21 de marzo de 2006. Se le imputó que en tal fecha Viruet Camacho, "ilegal, voluntaria,premeditada y criminalmente dio muerte al ser humano Katherine Oliver Valentín, con la intención de causársela mediando premeditación", al apuñalarla en diferentes partes del cuerpo con un arma blanca.
En la vista preliminar celebrada el 9 de noviembre de 2006, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Superior de Arecibo, determinó causa probable para acusar por los delitos imputados y pautó lasfechas para el acto de lectura de acusación y el juicio.
Tras la presentación de los pliegos acusatorios correspondientes, Viruet Camacho presentó una moción solicitando supresión de una alegada confesión de los hechos. Alegó que su medio hermano, Raymond Viruet Delgado, quien se desempeña como oficial del Departamento de Corrección, y a quien hasta ese momento nunca habí a conocido, lo llamó porteléfono, quedando en encontrarse con él en Plaza Escorial en Carolina. Continuó indicando que luego de conocerlo, le pidió una identificación para saber si era agente de la policía y Viruet Delgado únicamente le mostró su licencia de conducir. Indicó que tras verificar su identidad, le abrazó y le expresó que había cometido un error, a lo cual Viruet Delgado le indicó que se había enterado por unanoticia en el periódico y que interesaba entregarlo a las autoridades. Posteriormente, en el Cuartel de la Policía de Arecibo, Viruet Camacho alegadamente le relató a Viruet Delgado lo ocurrido en la fecha de los hechos. Viruet Camacho aduce que la confesión o admisiones obtenidas por Viruet Delgado son inadmisibles debido a que éste actuó como funcionario del orden público y no le hizo lasadvertencias de ley correspondientes, en contravención a su derecho contra la autoincriminación.
En oposición a la solicitud de supresión, el Estado expuso que Viruet Delgado no actuó como funcionario del orden público, por lo cual no tenía la obligación de hacer advertencia de ley alguna. De otra parte, señaló que un fiscal, personalmente, le hizo las advertencias de ley a Viruet Camacho cuandoéste fue llevado al precinto de Arecibo y en tal ocasión, Viruet Camacho no solicitó la asistencia de un abogado sino indicó que quería hablar con su hermano. Así, sostuvo que la confesión obtenida fue voluntaria e inteligente.
En la vista de moción de supresión celebrada el 30 de enero de 2007, el ministerio público presentó el testimonio de Viruet Delgado. Tras evaluar la prueba desfilada, asícomo los argumentos de las partes, el tribunal de instancia declaró no ha lugar la moción de supresión de evidencia y señaló el caso para juicio.
*2 Inconforme con tal determinación, Viruet Camacho presentó petición de certiorari y moción en auxilio de jurisdicción ante el Tribunal de Apelaciones, alegando que nunca renunció a su derecho contra la autoincriminación, por lo cual la confesión erainadmisible. En su recurso, adujo que la prueba presentada por el ministerio público fue insuficiente para establecer que se le impartieron las advertencias de ley o que renunció voluntaria, consciente e inteligentemente a su derecho a no auto incriminarse. El foro apelativo denegó la expedición del auto de certiorari. Al así hacerlo, dicho foro indicó que el ministerio público descargó su...
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