La Banca En Mexico
Las instituciones de crédito sólo podrán realizar las operaciones siguientes:
I. Recibir depósitos bancarios de dinero:
a) A la vista
b) Retirables en días preestablecidos
c) De ahorro
d) A plazo o con previo aviso
II. Aceptar préstamos y créditos
III. Emitir bonos bancarios
IV. Emitir obligaciones subordinadas
V. Constituir depósitos en instituciones de crédito yentidades financieras del exterior;
VI. Efectuar descuentos y otorgar préstamos o créditos
VII. Expedir tarjetas de crédito con base en contratos de apertura de crédito en cuenta corriente
VIII. Asumir obligaciones por cuenta de terceros, con base en créditos concedidos, a través del otorgamiento de aceptaciones, endoso o aval de títulos de crédito, así como de la expedición de cartas de crédito
IX.Operar con valores en los términos de las disposiciones de la presente Ley y de la Ley Mercado de Valores
X. Promover la organización y transformación de toda clase de empresas o sociedades
mercantiles y suscribir y conservar acciones o partes de interés en las mismas, en los términos de esta Ley
XI. Operar con documentos mercantiles por cuenta propia
XII. Llevar a cabo por cuenta propia o deterceros operaciones con oro, plata y divisas, incluyendo reportos sobre estas últimas
XIII. Prestar servicio de cajas de seguridad
XIV. Expedir cartas de crédito previa recepción de su importe, hacer efectivos créditos y realizar pagos por cuenta de clientes
XV. Practicar las operaciones de fideicomiso a que se refiere la Ley General de Títulos y
Operaciones de Crédito, y llevar a cabo mandatosy comisiones
XVI. Recibir depósitos en administración o custodia, o en garantía por cuenta de terceros, de títulos o valores y en general de documentos mercantiles
XVII. Actuar como representante común de los tenedores de títulos de crédito
XVIII. Hacer servicio de caja y tesorería relativo a títulos de crédito, por cuenta de las emisoras
XIX. Llevar la contabilidad y los libros de actas y deregistro de sociedades y empresas
XX. Desempeñar el cargo de albacea
XXI. Desempeñar la sindicatura o encargarse de la liquidación judicial o extrajudicial de negociaciones, establecimientos, concursos o herencias
XXII. Encargarse de hacer avalúos que tendrán la misma fuerza probatoria que las leyes asignan a los hechos por corredor público o perito;
XXIII. Adquirir los bienes muebles einmuebles necesarios para la realización de su objeto y enajenarlos cuando corresponda
XXIV. Celebrar contratos de arrendamiento financiero y adquirir los bienes que sean objeto de tales contratos
XXV. Realizar operaciones derivadas, sujetándose a las disposiciones técnicas y operativas que expida el Banco de México, en las cuales se establezcan las características de dichas operaciones, tales comotipos, plazos, contrapartes, subyacentes, garantías y formas de liquidación
XXVI. Efectuar operaciones de factoraje financiero
XXVI bis. Emitir y poner en circulación cualquier medio de pago que determine el Banco de México, sujetándose a las disposiciones técnicas y operativas que éste expida, en las cuales se establezcan entre otras características, las relativas a su uso, monto y vigencia, a finde propiciar el uso de diversos medios de pago
XXVII. Intervenir en la contratación de seguros para lo cual deberán cumplir con lo establecido en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y en las disposiciones de carácter general que de la misma emanen
XXVIII. Las análogas o conexas que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Bancode México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Las instituciones de banca múltiple únicamente podrán realizar aquellas operaciones previstas en las fracciones anteriores que estén expresamente contempladas en sus estatutos sociales, previa aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en términos de lo dispuesto por los artículos 9o. y 46 Bis de la Ley de Instituciones...
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