la caducidad
El Código Civil Colombiano, de la mano con el de Procedimiento Civil, otorgan a todas aquellas personas que tienen oconocen alguien tener un inmueble con una hipoteca de hace muchos años, y se preguntan si algún día el acreedor puede llegar a cobrarles vía proceso judicial, el derecho a solicitar ante el Juezcompetente, mediante Demanda, que declare la Prescripción de la Acción Hipotecaria, lo cual constituye un gran alivio para el propietario y demás interesados.
El Código Civil, artículo 2537, sobrela hipoteca que la prescripción de ésta implica extinción del negocio fundamental asimismo (ej. el famoso préstamo bancario para compra de vivienda). La prescripción la explica nuestra H. CorteSuprema como aquella que hace que el derecho de hipoteca no es perdurable.
Se entiende entonces, que la deuda hipotecaria se puede tornar inexigible, si se deja pasar el suficiente tiempo -10 años-sin ejercer las acciones de cobro, los 10 años que se cuentan desde el momento en que le haya sido exigible el cobro de la obligación fundamental. Es sencillo cuando la hipoteca es de las denominadas"cerradas", porque cuando se trate de hipotecas abiertas, o sea sin límite de cuantía y que garantizan obligaciones anteriores o posteriores. En estos casos hay que resolver con Jurisprudencia elinterrogante.
Las hipotecas, valga decir, se extinguen de manera principal, es decir por pasar más de 10 años sin ejercer la acción correspondiente, o de manera consecuencial, o sea que si el créditogarantizado por hipoteca prescribe, la hipoteca al ser accesoria también tiene el mismo destino, porque sobrevive según a la obligación que se encuentre atada.
La Sala Civil del Tribunal...
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