La Causalidad Jurídica
En Derecho civil, la palabra "daño" significa eldetrimento, perjuicio o menoscabo que una persona sufre a consecuencia de la acción u omisión de otra, y que afecta a sus bienes, derechos o intereses.
La ramadel Derecho civil que se ocupa de los daños es el llamado Derecho de la responsabilidad civil. Sin embargo, el error no se limita al aspecto nominal puestambién alcanza a la perspectiva de análisis empleado (énfasis al daño en desmedro del resto de elementos que configuran la responsabilidad civil contractual yextracontractual).
El daño puede ser causado por dolo o culpa, o bien puede deberse a caso fortuito o fuerza mayor. En el caso de daño doloso, el autor del dañoactúa de forma intencional o maliciosa. En el caso de daño causado culposamente, la conducta es negligente, descuidada o imprevisora, y no presta la atenciónque debiera según en estándar de diligencia aplicable (generalmente, el del "buen padre de familia"). En principio, el daño doloso obliga al autor del daño aresarcirlo. Además, suele acarrear una sanción penal, si también constituye un ilícito penado por la ley. En cambio, el acto ilícito meramente civil suelellevar provocar tan sólo el nacimiento del deber de reparar o indemnizar el daño. Nadie responde de los daños causados de modo fortuito, en los cuales se dice quela víctima debe pechar con su daño.
La responsabilidad por daños exige como regla general que exista un nexo causal entre la conducta del autor y el daño.
Regístrate para leer el documento completo.