LA CEGUERA
Conste por el presente una de CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que celebran de una parte CONSTRUCCIONES INMOBILIARIAS SAC, con RUC. 20101134157, debidamente representada por José Ramón Fernández Montagne con DNI. No. 08746069, conforme la Ficha No. 67118 del Registro Mercantil de Lima, con domicilio en Av. Nicolás Ayllón No. 172 - Cercado de Lima, a quien en adelantese denominará EL ARRENDADOR, y de la otra parte doña ANTONIO BLAS MENDOZA, con DNI. No.41714995, con domicilio en Urb. Los Sauces - Av. Prolongación Mariscal Nieto No. 390, Mz A, Lote 8 - Ate Vitarte, a quien en adelante se le denominará EL ARRENDATARIO, bajo los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA.-
Que, el ARRENDADOR es propietario de la Unidad Inmobiliaria C-G del Pabellón C
ubicadoen la Av. Nicolás Ayllón N° 172 - Cercado de Lima, inscrita en la Partida Electrónica N° 49069037, del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima.
SEGUNDA.-
Por el presente, el ARRENDADOR conviene en ceder y alquilar al ARRENDATARIO la Unidad Inmobiliaria mencionada en la cláusula primera. Para el Comercio de Ferretería, Nuevos y Usados.
TERCERA.-
El presente contratoempezará el día 01 de Febrero del 2014, y vencerá indefectiblemente el 30 de Junio del año 2014
Salvo renovación de contrato de mutuo acuerdo.
CUARTA.-
La merced conductiva pactada es la suma de S/. 300.00 nuevos soles mensuales, incluido el pago de arbitrios, gastos de mantenimiento de la Junta de Propietarios. El pago de la merced conductiva se realizará los días 30 de cada mes, cantidadque será depositada en el Banco Continental en la cuenta corriente en Nuevos Soles No. 0011 -0114- 0100022990 -64 a nombre de Construcciones Inmobiliarias SAC. Señalando como referencia el número de stand.
Asimismo la copia de Voucher será entregada a la administración.
En el caso que el arrendatario (s) no deposite en la fecha indicada anteriormente, pagará S/.0.50 Nuevos Soles, por conceptode mora, por cada día de retraso. Asimismo el Arrendatario esta obligado a pagar el consumo de la energía eléctrica, prorrateada entre todos los que ocupan el local.
QUINTA.-
La falta de pago de un mes de merced conductiva pactada o el pago por energía eléctrica, será causal de resolución de contrato y por ende el derecho al espacio arrendado, por lo que el Arrendatario está obligado adesocupar el espacio, en caso contrario queda plenamente facultado el Arrendador a retirar todas las cosas que se encuentren el en espacio, liberándose de responsabilidad alguna al Arrendador por daños y/o faltantes e
DÉCIMA PRIMERA.-
El Arrendador para los efectos de cualquier comunicación administrativa bastará con notificarle por nota en la vitrina instalada en el interior del local para su debidanotificación e información la que se considerará como válida y suficiente.
DECIMA SEGUNDA.-
Las partes acuerdan que el horario de atención será de 8:00 AM, hasta las 7:00 PM de Lunes a Sábado y Domingos de 7:00 AM hasta las 6:00 PM, por lo que el arrendatario está obligado a respetar mencionado horario. Asimismo mencionado horario podrá ser modificado previo acuerdo entre las partes.
DÉCIMATERCERA.-
El arrendatario se obliga a tener Censor de Humo, Botiquín y un Extintor en una parte visible.
CLÁUSULA ADICIONAL. .-
El arrendador no se responsabiliza por pagos que realice el arrendatario a terceras personas.
Después de haber leído el presente contrato en señal de conformidad las partes suscriben sus firmas, a los 28 días de Diciembre del año 2013
CONTRATO DE ARRENDAMIENTOConste por el presente una de CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que celebran de una parte CONSTRUCCIONES INMOBILIARIAS SAC, con RUC. 20101134157, debidamente representada por José Ramón Fernández Montagne con DNI. No. 08746069, conforme la Ficha No. 67118 del Registro Mercantil de Lima, con domicilio en Av. Nicolás Ayllón No. 172 - Cercado de Lima, a quien en adelante se denominará EL ARRENDADOR,...
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