La Cidh En La Mira
Análisis de la posición del Estado peruano ante el Consejo Permanente de la OEA
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Elaborado por: Lesly Llatas Ramírez[1]
Correo: leslyllatas@hotmail.com
Debemos saludar la clara y contundente intervencióndel Estado peruano ante el Consejo Permanente de la OEA, en su período de sesión ordinario de fecha 25 de enero de 2012, sobre las “observaciones al Sistema Interamericano de derechos humanos”-SIDH-; el Estado peruano dejó sentado la exigencia rigurosa de los criterios de admisibilidad que pasa por la verificación del agotamiento de la vía interna para evitar que la tramitación de expedientesante la CIDH resulte paralela a la de sede nacional, es decir, que estando en trámite un caso “x” ante los propios órganos del Estado, sea a su vez tramitado ante la CIDH y ésta se avoque a su conocimiento; hecho que como bien lo ha recalcado el Estado peruano ante la OEA, resultaría una “doble instancia” desnaturalizando el objetivo del Sistema Interamericano de protección de Derechos Humanos.Considero que no se trataría solamente de una doble instancia sino de una verdadera injerencia o intromisión en asuntos internos colisionado con el respeto al Estado de Derecho, a la democracia y la soberanía del Estado peruano. Lo hemos visto en el caso Chavín de Huantar, que estando en proceso judicial a los presuntos responsables de las ejecuciones extrajudiciales (que no son los comandos dela Operación Chavín de Huantar), haya sido objeto de pronunciamiento de fondo por parte de la CIDH y haberlo sometido a la Corte IDH.[2]
Asimismo, se viene procesando al Estado peruano ante la Corte IDH por el caso de Mónica Feria Tinta acusada de terrorismo y con una orden de captura internacional, toda vez, que de acuerdo a la información propalada ante los medios de comunicación, la CorteSuprema de Justicia revocó la resolución de la Sala Penal Nacional contra el terrorismo disponiendo su inmediata captura; hoy en día la sindicada como terrorista, por la propia procuraduría del Estado peruano, se haya prófuga de la justicia; lo cierto es, que estos hechos evidencian la ineficacia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, fundamentalmente en la falta de suministro deinformación y que la misma sea veraz y actualizada; en la veracidad de los hechos y en la ligereza en que se incurre para tramitar estos casos generando una alta sensibilidad política y social para nuestra sociedad peruana que fue duramente golpeada por sendero luminoso y el MRTA, grupos terroristas sindicado como tal por nuestra legislación interna y además por el Consejo de la Unión Europea, en suposición común 2004/309/PESC de fecha 02 de abril de 2004, incluyéndose al MRTA en el 2009 por pedido de la cancillería peruana. En el punto 31 de este informe aparece sendero luminoso como grupo terrorista.
El Sistema Interamericano de derechos humanos es un órgano subsidiario, quiere decir, que son los Estados quienes están obligados a garantizar con efectividad nuestros derechosfundamentales y a impartir justicia a través de sus órganos y poderes del Estado, con sujeción a la Constitución y a la Ley; el SIDH[3] actuará en caso de que se haya vulnerado algún derecho y/o disposición de la Convención Americana de Derechos Humanos y siempre que se hayan agotado la vía interna; los órganos supranacionales jurisdiccionales no tiene por función revocar las sentencias judiciales de losórganos internos de cada Estado, su función consiste en verificar, comprobar si hubo o no violación de un derecho contemplado en la Convención Americana de Derechos Humanos.
El Estado peruano ha ido enmendando los errores cometidos por el gobierno autoritario de Alberto Fujimori Fujimori, los mismos que han sido observados con la CIDH y la Corte , y en este contexto, fue fundamental el...
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