La circulación del cheque
El artículo 179 de la LTOC (Ley general de títulos y operaciones de crédito) dispone que el cheque puede ser nominativo o al portador.
A partir del 1ª de julio de1991, los cheques expedidos por cantidades superiores a 5 millones de pesos siempre serán nominativos.
La LROC comprende bajo la denominación de cheques nominativos, tanto a los cheques a la orden depersona determinada (nominativos impropios) como a los cheques a favor de persona determinada (propiamente nominativos). Los títulos nominativos –que son los expedidos a favor de persona determinadacuyo nombre se consigna en el texto mismo del documento.
Así pues, el cheque, según la forma de su circulación, podrá ser:
a) Cheque no negociable: Es el expedido a favor de una personadeterminada cuyo nombre se consigan en el texto mismo del documento y que no puede ser transmitido por endoso sino solamente en la forma y con los efectos de una cesión ordinaria.
El cheque puede tener lacalidad de no negociable por voluntades del librado o por disposición expresa de la ley.
Son cheques no negociables por su disposición expresa de la ley aquellos a los que ésta impone ese carácter. Estoocurre con los expedidos o endosados a favor del librado, con los cheques certificados y con los cheques de caja.
Un cheque expedido originariamente a la orden puede convertirse en no negociablecuando un tenedor inserta en el texto de un endoso las citadas cláusulas “no a la orden” o “para abono en cuenta”.
El cheque no negociable no puede trasmitirse en endoso. Sin embargo, se admitelegalmente su endoso a una institución de crédito para su cobro. Ya que este endoso no tiene la finalidad circulatoria, es simplemente un medio para procurar el cobro del documento.
b) El cheque a laorden: Es el espedido a favor de una persona determinada cuyo nombre se consigan en el texto mismo del documento y que puede transmitirse por endoso y entrega de material del título.
c) El cheque al...
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