la costumbre en el derecho civil
. Particularidades del Derecho Laboral
En el Derecho laboral han emergido poderes sociales típicos con la facultad de normar, por ello hay que distinguirentre las fuentes de Derecho en sentido propio, es decir, poderes sociales con potestad normativa y fuentes en sentido traslativo, modos a través de los cuales se exterioriza el poder de normar de quienlo posee, o dicho de otro modo, formas a través de las cuales la norma jurídica se manifiesta
La peculiaridad del Derecho del Trabajo estriba, en primer lugar en la existencia de una fuente propia,los convenios colectivos (¿Qué es un convenio colectivos?). Éstos no tienen fuente equivalente en otras ramas del ordenamiento jurídico. En segundo lugar hay que añadir a la gran variedad habitual defuentes la normal imperatividad mínima de las mismas, lo que plantea problemas y soluciones particulares, sobre todo en orden a su aplicación.
El artículo 3.1 del Estatuto de los Trabajadores haceuna enumeración, aunque incompleta, de las fuentes que regulan la relación laboral:
“Derechos y obligaciones concernientes a la relación laboral se regulan”:
A) Por las disposiciones legales yreglamentarias del estado
B) Por los convenios colectivos, anteriormente señalados.
C) Por la voluntad de las partes
D) Por los usos y costumbres locales y profesionales, en las cuales vamos ainteriorizarnos mas adelante.
Hay que agregar también que no se contempla ni las normas internacionales y comunitarias ni los principios generales. Además se incluye como fuente normativa al contrato detrabajo, cuyas obligaciones tienen, como en todo contrato fuerza de ley entre las partes contratantes (el Art. 1901 del Código Civil).
La costumbre es una fuente del derecho en el ordenamientolaboral. El Estatuto de los trabajadores en su artículo 3.4 indica que:
Los usos y costumbre solo se aplicaran en defecto de disposiciones legales, convencionales o contractuales, a no se que cuenten...
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