La costumbre internacional
Las principales normas que invoca el Estado de Nicaragua son la prohibición del uso de la fuerza armada, que se vincula con el principio de igualdad soberana entre los Estados.
Estados Unidos expone que el recurso de la fuerza armada está permitido siempre ycuando se use en defensa propia. A lo dicho anteriormente el Tribunal Internacional de Justicia contesto que dicho recurso ( uso de la fuerza armada como defensa) no justificaba la intervención por razones de carácter político-ideológico.
B. ¿Cuál es la relación de las normas consuetudinarias con las normas convencionales a la luz de las circunstancias del presente supuesto de hecho?Nicaragua afirma que existen normas consuetudinarias de Derecho internacional. Estas normas obligas a EEUU. A respetar su soberanía. EEUU cita el articulo 2.4 de la Carta de la Naciones Unidas. EEUU afirma que Nicaragua solo puede hacer referencia a este articulo para reclamar a EEUU y así desplazar las normas que pretende aplicar Nicaragua.
En cuanto a la relación entre las normas consuetudinarias ylas convencionales tenemos que referirnos al ordenamiento jurídico internacional en el cual no se establece ninguna relación de jerarquía entre normas escritas y normas consuetudinarias. Un tratado puede modificar una costumbre.
El Tribunal Internacional de Justicia pese a los principios de la Carta de las Naciones Unidas, afirma que estos principios pueden ser aplicables.
"Carta de lasNaciones Unidas.
Incluso cuando una norma convencional y una consuetudinaria relativas al presente litigio tengan exactamente el mismo contenido, el Tribunal no vería en ello una razón para considerar que la intervención del proceso convencional deba necesariamente hacer perder a la norma consuetudinaria su aplicabilidad distinta”.
2. A. ¿Cuáles son los elementos de la costumbre?
Loselementos que se presentan en la estructura jurídica de toda costumbre internacional son dos:
El elemento material o elemento de la práctica repetida.
Se puede manifestar de diversas formas: por la actuación positiva de los órganos de varios Estados en un determinado sentido, por leyes o sentencias internas de contenido coincidente, por la repetición de uso o por instrucciones coincidentes de losgobiernos a sus agentes y funcionarios y por prácticas en el seno de las organizaciones internacionales. Deben ser públicas y tener una vocación internacional. Pero según el TIJ más o menos antigüedad en el elemento material no es determinante.
Hay tres requisitos para el elemento material:
Que la práctica de los estados sea UNIFORME, las conductas que constituyen los precedentes deben tener unsignificado semejante y de ellas de modo inequívoco debemos extraer una regla de comportamiento determinada.
La práctica debe ser CONSTANTE, no basta con un único precedente para que surja la norma, sino que es necesaria una cierta repetición. Más que la prolongación de la práctica importa más que sea ininterrumpida, coherente y no contradictoria.
Que sea GENERAL, es decir, dentro del procesoconsuetudinario, a través del cual un Estado manifiesta su común consentimiento a vincularse por una norma, se generaliza la exigencia de una conducta para todos los estados considerados.
El elemento formal o el elemento de la convicción de obligatoriedad jurídica de la conducta realizada, es decir, la convicción de que los sujetos internacionales se encuentran ante una norma que les obligajurídicamente.
Es exigido por la jurisprudencia del TIJ. Los actos considerados deben realizarse de forma que demuestren la creencia de que dicha práctica se estima obligatoria en virtud de una norma jurídica. La forma en cómo se manifiesta ese elemento u opinio iuris puede ser muy diversa pero siempre se manifestará a través de la práctica de los estados u otros estados en una conferencia...
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