La culpabilidad como elemento del delito y su ausencia
11.1.1 Explicar las doctrinas del psicologismo y el normativismo, relativas a la naturaleza jurídica de la culpabilidad
Teoría psicologista o psicológica de la culpabilidad
La culpabilidad radica en un hecho de carácter psicológico, dejando toda valoración jurídica en la antijuricidad, ya supuesta; la esencia de la culpabilidadconsiste en el proceso intelectual-volitivo desarrollado en el autor. “Lo cierto es que la culpabilidad con base psicológica, consiste en un contexto psíquico entre el sujeto y el resultado; lo cual quiere decir que contiene 2 elementos: uno volitivo o como lo llama Jiménez de Asúa, emocional y otro intelectual.
Luis Fernando Doblado comenta que la culpabilidad es considerada como la relación subjetivaque media entre el autor y el hecho punible, y como tal, su estudio supone el análisis del psiquismo del autor, como el objeto de investigar concretamente cual ha sido la conducta psicológica que el sujeto ha guardado en relación al resultado objetivamente delictuoso.
Teoría normativa o normativista de la culpabilidad
El ser de la culpabilidad lo constituye un juicio de reproche; un conducta esculpable, si a un sujeto capaz, que ha obrado como dolo o culpa, le puede exigir el orden normativo una conducta diversa a la realizada, o sea el juicio de reproche, en la exigibilidad o imperatividad dirigida a los sujetos capacitados para comportarse conforme al deber.
Culpabilidad es reprochabilidad. Con el juicio desvalorativo de la culpabilidad, se reprochara al autor el que no ha conforme aderecho.
Frank, fundador de la teoría normativa, expresa que culpabilidad es reprochabilidad del injusto típico. Este juicio normativo está justificado, en la misma medida, tanto frente al agente doloso como frente al que actúa por imprudencia.
11.1.2 Explicar la relación de la culpabilidad con la imputabilidad
La imputabilidad funciona como presupuesto de la culpabilidad y lo constituye lacapacidad del sujeto para entender y querer en el campo penal; corresponde ahora, delimitado al ámbito respectivo, externar una noción sobre la culpabilidad.
Una conducta será delictuosa no solo cuando sea típica y antijurídica, sino además culpable.
11.2.1 Identificar el dolo y la culpa, como formas de culpabilidad
La culpabilidad reviste 2 forma; dolo y culpa, según el agente dirija suvoluntad consiente a la ejecución del hecho tipificado en la ley como delito, o cause igual resultado por medio de la negligencia o imprudencia. Se pude delinquir mediante una determinada intención delictuosa (dolo), o por descuidar las precauciones indispensables exigidas por el estado para la vida gregaria (culpa).
11.2.2 Diferenciar lo que se entiende entre las diversas formas de dolo directo,indirecto, indeterminado y eventual
Dolo directo: es aquel en el que el sujeto se representa el resultado penalmente tipificado y lo quiere. Hay voluntariedad en la conducta y querer el resultado. El resultado coincide con el propósito.
Dolo indirecto: se presenta cuando el agente actúa ante la certeza de que causara otros resultados penalmente tipificados que no persigue directamente, pero aunpreviendo su seguro acaecimiento ejecuta el hecho. El agente propone un fin y sabe que seguramente surgirán otros resultados delictivos.
Dolo indeterminado: intención genérica de delinquir, sin proponerse un resultado delictivo en especial.
Dolo eventual: existe cuando el agente se representa como posible un resultado delictuoso, y a pesar de tal representación, no renuncia a la ejecución del hecho,aceptando sus consecuencias. Se desea un resultado delictivo, previéndose la posibilidad de que surjan otros no queridos directamente.
11.2.3 Diferenciar entre culpa consiente e inconsciente
Culpa consiente: el agente prevé el posible resultado penalmente tipificado, pero no lo quiere, abriga la esperanza de que no se producirá.
Culpa inconsciente: el agente no prevé la posibilidad de que...
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