“La Culpabilidad Como Medida Y Limite De La Pena”
(Critica al artículo 59 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí-México)
Mtro. Lic. Juan Miguel Chávez Vázquez.
El artículo 59 del código penal para el Estado de San Luis Potosí, dispone:
“El juez, dentro de los límites establecidos por este Código, fijará las penas y las medidas de seguridad que correspondan según su prudentearbitrio y la peligrosidad del infractor, tomando en cuenta:
I... II... III... IV... V... VI…
Para los fines de este artículo, el juez requerirá a la autoridad encargada de la custodia del procesado que rinda los dictámenes periciales tendientes a conocer la personalidad del sujeto y los demás elementos que sean conducentes, en su caso, para la fijación de las sanciones penales. Este dictamen deberárecabarse antes de dictar sentencia.
Cuando....”
Como se observa, en el caso de los delitos dolosos, el legislador confió al prudente arbitrio del juzgador, la fijación del quantum de las sanciones penales y de las medidas de seguridad, considerando como factores primarios, el arco mínimo y máximo establecido en la parte especial de la ley penal para cada ilícito, el arbitrio judicial y lapeligrosidad del infractor. Prevalecen estas reglas en cuanto a los culposos, según el artículo 68 de la misma Ley.
En un ámbito secundario y para los mismos fines, se ordenó considerar para los dolosos, diversos elementos; de estos, sólo los móviles del delito apuntan hacia la estimación de un factor subjetivo interno del sujeto relacionado con su culpabilidad, empero, prevalece la graduación yaplicación de la pena por el peligro que el inculpado representa socialmente.
En contrario, vemos como el artículo 52 del Código Penal Federal ordena:
“El juez fijará las penas y medidas de seguridad que estime justas y procedentes dentro de los limites señalados para cada delito, con base en la gravedad del ilícito y el grado de culpabilidad del agente, teniendo en cuenta: I. La magnituddel daño causado al bien jurídico o del peligro a que hubiere sido expuesto; II. La naturaleza de la acción u omisión y de los medios empleados para ejecutarla; III. Las circunstancias de tiempo, lugar, modo, ocasión del hecho realizado; IV. La forma y grado de intervención del agente en la comisión del delito, así como su calidad y la de la víctima u ofendido; V. La edad, la educación, lailustración, las costumbres, las condiciones sociales y económicas del sujeto, así como los motivos que lo impulsaron o determinaron a delinquir. Cuando el procesado perteneciere a un grupo étnico indígena, se tomarán en cuenta además, sus usos y costumbres; VI.- El comportamiento posterior del acusado con relación al delito cometido; y VII. Las demás condiciones especiales y personales en que se encontrabael agente en el momento de la comisión del delito, siempre y cuando sean relevantes para determinar la posibilidad de haber ajustado su conducta a las exigencias de la norma”.
A partir de la reforma al artículo 52 del Código Penal Federal de 10 de enero de 1994, el legislador federal abandonó el criterio de la peligrosidad, como eje rector de la individualización de la pena, para adoptar elsistema de reproche de culpabilidad por el acto o la acción desvalorada; si bien, conjugándolo con una culpabilidad de autor – recogido por el precepto 51 de la misma Ley - que ordena considerar para los mismos fines, las circunstancias peculiares del activo, incluida la reincidencia.
Para los efectos propios de la punición, quedaron incluidas en ese precepto, circunstancias objetivas,concernientes a la naturaleza, especie, medios, objeto, tiempo, lugar y cualquier otra modalidad de la acción; la gravedad del daño o del peligro corrido así como las calidades y condiciones personales del ofendido y subjetivas, relativas a la intensidad del dolo; las condiciones y características personales del culpable; la relación entre éste y el pasivo del delito; las inherentes a la persona del...
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