La Dicotomia De Justicia Y Pena De Muerte
Pena de Muerte en México: Realidad Y Perspectiva
4.1 Reforma y prohibición explícita del artículo Constitucional
Enfocaremos este capítulo para analizar y sistematizar su evolución, desde el momento de ser promulgadas hasta nuestros días e inclusive adelantar lo que podría ser una agenda de reformas constitucionales para mantener su prohibición explícita en nuestra carta magnay/o hasta recuperar su viabilidad en un futuro inmediato.
El Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la acción de inconstitucionalidad 10/2000, reconoció que la constitución mexicana ”…protege el derecho a la vida de todos los individuos, pues lo contempla como un derecho fundamental, sin el cual no cabe la existencia ni disfrute de los demásderechos…”[1] Pues bien, el derecho a la vida en la Constitución mexicana, como atinadamente lo estudió don Sergio Salvador Aguirre Anguiano, no se establece de manera explícita en la Constitución, sino de forma implícita[2], pues de una interpretación seria y adecuada que se realice de los artículos 1º, 14 y 22 de la Carta Suprema.
En efecto, el artículo 1º constitucional, establece, entre otras cosas,que todos los individuos gozarán de las garantías que otorga la Constitución, las cuales no pueden restringirse ni suspenderse, sino en los precisos casos que ella misma establece. Por su parte, el artículo 14 constitucional establece la garantía de debido proceso legal, que significa que las personas no pueden ser privadas de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguidoante los tribunales previamente establecidos, en los que se respeten las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. Nótese que el artículo 14 no menciona la palabra vida en su texto; sin embargo, con anterioridad a la reforma de 2005, sí mencionaba la palabra vida expresamente. Asimismo, el artículo 22 de la Constitución señala actualmenteque en México está prohibida la pena de muerte, pero con anterioridad a la reforma mencionada no establecía tal prohibición, pues precisamente hasta ese año, en México se preveía la pena de muerte para el traidor a la patria, el salteador de caminos, entre otros.
Con la reforma a los artículos 14 y 22 de la Constitución del día nueve de diciembre de dos mil cinco, se eliminó la posibilidadde aplicar la pena de muerte mediante juicio seguido ante tribunales previamente establecidos, así como los supuestos previamente considerados en el artículo 22 de la Constitución. Esta reforma reflejaría entonces la concepción del Constituyente de que la vida tiene que ser protegido [sic] como un valor superior [en cursivas en el original].
Por otra parte, el sistema jurídicoconstitucional mexicano tutela el derecho a la vida, porque al promulgarse la Constitución de 1917, el derecho a la vida se reconoció en su numeral 14, porque en éste se prevé al establecerse en él que nadie podrá ser privado de la vida sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos. Resalta que la pena de muerte podía imponerse siempre que se estuviera en algunos de los supuestos deexcepción que limitativamente enumeraba el artículo 22 constitucional. Igualmente resalta que los artículos 14 y 22 constitucionales fueron materia de reforma el día nueve de diciembre de dos mil cinco; para eliminarse la alusión a la vida que se contenía en el artículo 14 y trasladarse el derecho a la vida mediante la prohibición de la pena de muerte. Así, en la Constitución se preserva elderecho a la vida, lo que se corrobora con lo expresamente manifestado en la exposición de motivos de la reforma constitucional señalada, así como en los dictámenes de la Cámara de Diputados y de Senadores en torno al valor de la vida, a que la protección de la vida de un ser humano es la más elemental de las defensas, que su preservación resulta indispensable, que el Estado debe velar por...
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