la educacion
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES EZEQUIEL ZAMORA - “UNELLEZ”MUNICIPALIZADA EL PIÑAL – ESTADO TÁCHIRA
ANALISIS DE ARTICULOS – CODIGO ORGANICO TRIBUTARIO
TRIBUTACION
Autores:
Juan C. Carrillo L #
V-18.762.578
Ginette K. Ortiz M #V-20.423.268
Darlin A. Ibáñez M. #
V-21.003.642
Jennifer Meléndez #
V-21.253.514
Yesenia Meléndez #
V-21.253.969
Christopher Roa #
V-19.676.855
El Piñal, Junio 2014
ARTÍCULO109: Constituyen ilícitos materiales, El retraso u omisión en el pago de tributos o de sus porciones, El retraso u omisión en el pago de anticipos, El incumplimiento de la obligación de retener opercibir, La obtención de devoluciones o reintegros indebidos.
ARTÍCULO 110: Quien pague con retraso los tributos debidos, será sancionado con multa del uno por ciento (1%) de aquellos.
Incide enretraso el que paga la deuda tributaria después de la fecha establecida al efecto, sin haber obtenido prórroga, y sin que tramite una revisión, análisis o control por la Administración Tributaria respectodel tributo de que se trate. En caso de que el pago del tributo se efectué en el curso de una investigación o fiscalización, se aplicará la sanción prevista en el artículo siguiente.
ARTÍCULO 111:Quien por medio de acción u omisión, y sin perjuicio de la penalidad establecida en el artículo 116, provoque un descenso ilegitimo de los ingresos tributarios, mediante el disfrute incorrecto deexenciones, exoneraciones u otros beneficios fiscales, será sancionado con multa de un veinticinco por ciento (25 %) hasta el doscientos por ciento (200 %) del tributo omitido.
Parágrafo Primero: Cuandola Ley exija la estimación del valor de determinados bienes, y el avalúo administrativo no se incremente el precio en más de una cuarta parte, no se impondrá sanción por este respecto. Las leyes...
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