La ejecución de las multas impuestas a favor del servicio nacional de aprendizaje sena
En relación al tema de las multas a favor del SENA, La Ley 712 de diciembre de 2001, establece lacompetencia general y la jurisdicción laboral ordinaria para conocer lo establecido en numeral 7 del artículo 2 “La ejecución de las multas impuestas a favor del servicio nacional de aprendizaje, por elincumplimiento de las cuotas establecidas sobre el número de aprendices, dictadas conforme al numeral 13 del artículo 13 de la ley 119 de 1994.”
MARCO JURIDICO.
La cuota de aprendizaje es unaobligación de hacer legal impuesta por el estado a los empresarios con un texto netamente social que consiste en ubicar laboralmente y enseñar de manera práctica al trabajador que se encuentra en etapade aprendizaje en el SENA.
El decreto 933 de 2003, en su artículo 12 establece la monetización de la cuota de aprendizaje. Es una posibilidad contemplada en la ley, que da al empresario paratransformar su obligación de hacer en una obligación de dar cuantificada en dinero.
Son causales de sanción:
1- El incumplimiento de los empleadores en mantener el número de aprendices que le hayaestablecido el SENA, o que no hubieren suscrito los respectivos contratos de los aprendices al iniciar cada periodo de enseñanza. Se harán acreedores a la imposición de multas mensuales por parte delSENA.
2- El incumplimiento del pago mensual en el termino señalado en el artículo 13 del decreto 933 de 2003, en el evento que el empresario haya optado por la monetización total o parcial de lacuota de aprendices, dará lugar al pago de intereses moratorio diarios, liquidados a la tasa máxima permitida por la Superintendencia Bancaria los cuales deben liquidarse hasta que se realice el pagocorrespondiente.
3- El incumplimiento de la cuota de aprendizaje o monetización. El Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, impondrá multas mensuales hasta por un salario mínimo mensual legal...
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