la familia
Se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, de forma tal que establece entre ellas relacionesanálogas o muy similares a las que resultan jurídicamente de la paternidad.
Hace mucho tiempo la adopción se veía como un acto de caridad, hoy en día la adopción es vivir la experiencia de poderdisfrutar tener un hijo. Antes de adoptar tiene que haber un proceso de reflexión, dejando un poco de tiempo transcurrir, pues no es sólo una cuestión de cariño.[1] Además, dada la función de proteccióndel menor a que responde, se asumen las obligaciones de cuidar del adoptado.
Las legislaciones establecen unos requisitos mínimos para poder adoptar, entre los cuales son comunes:
1. Una edad mínimadel adoptante que suele superar la de la mayoría de edad y, en ocasiones, una edad máxima.
2. Plena capacidad de ejercicio de los derechos civiles.
3. No ser tutor en ejercicio del adoptado.
Laadopción reviste dos tipos: plena y simple.
La adopción plena surte los mismos efectos que la filiación por naturaleza, y generalmente el adoptante tiene que reunir unos requisitos más exigentes queen la adopción simple, donde no existe sustitución automática de apellidos ni el hijo adoptado ocupa un lugar similar en el orden de sucesión testamentaria con los hijos naturales.
Filiación
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Para otros usos de este término, véase Filiación (desambiguación).
La filiación es un derecho juridico que existe entre dos personasdonde una es descendiente de la otra, sea por un hecho natural o por un acto jurídico. En términos generales, se puede indicar que
«(...) comprende el vínculo jurídico que existe entre los sujetosllamados ascendientes y descendientes, sin limitaciones de grados; es decir, entre personas que descienden las unas de las otras (...)» (Gallegos, 2006, p. 65).[1]
Del carácter estrictamente jurídico de...
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