La figura del Consultor Técnico
La función del consultor técnico y su diferencia con la figura del perito oficial.
Antecedentes
Si bien la persona del "perito" y el acto que ejecuta en el proceso, "la pericia", han sido motivo de estudio desde antiguo por quienes se han esforzado en ubicar "el lugar" que corresponde al perito en el juicio, la figura del consultor técnico es más reciente en nuestra legislación.
SegúnJorge Peyrano (La ley -1983, ADLA, XLI-C, 2975) la figura del consultor técnico pericial se trata de una institución de raíz italiana que por primera vez se ha trasplantado a nuestro Derecho a partir de la reforma del art. 458 del Cód. Procesal Nacional efectuada mediante la sanción de la ley 22.434. Agrega el autor que si bien ello es así en el plano nacional, no se puede dejar pasar de largo queel consultor o delegado técnico pericial ha sido regulado desde el año 1940 en la legislación procesal civil santafesina, mediante la sanción de la ley provincial 2924 (ADLA, XXII-B, 1933).
Algunas explicaciones vertidas en su momento por la Comisión Redactora de la susodicha ley 2924 expresaban: "La Comisión pensó que si la prueba pericial tiene por objeto aclarar o apreciar hechos para loscuales sean necesarios o convenientes conocimientos especiales, científicos, artísticos o prácticos, que las más de las veces no poseen los litigantes, era lógico permitirles que fueran asesorados y hasta reemplazados por un delegado que haga por ellos las observaciones pertinentes. Por el mismo motivo la C. R. agregó la palabra "técnico, después de 'delegado'; pues de no serlo, se trataría de unsimple representante o apoderado que no era menester mencionar"
Queda claro que la noción que inspiró al legislador a concebir este nuevo sujeto, halló basamento en que "de la misma manera que las partes, en el aspecto jurídico, cuentan con el patrocinio letrado, no se advierte porqué no podrían tener el apoyo de un experto en cuestiones técnicas
En nuestra legislación entonces, la figura delconsultor técnico sancionada en la ley 22.434 (Boletín Oficial 26 de marzo de 1981) introdujo oportunamente importantes cambios al "Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
En dicha norma se observa al lado del perito la regulación de funciones de los "consultores técnicos"; con facultades de presentar "informes técnicos" en la causa judicial.
Es destacable que legislaciones tales como laitaliana, la brasileña, la del Vaticano, la colombiana, admiten la posibilidad de la parte de designar un consultor técnico que la asesore en el estudio de dictámenes periciales e informes técnicos que se produzcan en el proceso.
El objeto de este trabajo es dedicarle un grado de análisis acerca de su función y de la eficacia de sus opiniones, con el fin de demostrar su diferencia con la clásicafigura del "perito, a saber:
a) La función del consultor técnico.
De acuerdo a los preceptos de la ley 22.434 (v. gr., arts. 458, 454, 461, 462 y concs.), a diferencia del perito oficial, el "consultor técnico", es un verdadero y propio "asesor técnico de la parte" que lo presentó como tal.
Sobre el particular se destaca la opinión de Palacio, cuando describe el ámbito de actuación delconsultor técnico pericial: "Si bien el consultor técnico debe ser una persona especializada en alguna ciencia, arte, industria o actividad técnica, se diferencia del perito, en sentido estricto, en la circunstancia de que, mientras éste reviste el carácter de un auxiliar del juez o tribunal y, por lo tanto, adquiere su condición procesal a raíz del nombramiento judicial y de la subsiguiente aceptacióndel cargo, el consultor técnico es un verdadero defensor de la parte, quien lo designa para que la asesore en los ámbitos de la técnica ajenos al específico saber jurídico. Por ello, como lo destaca Carnelutti, aquél presenta una figura estrictamente análoga a la del abogado, y opera en el proceso a la manera de este último, por lo cual debe comprendérselo en el amplio concepto del defensor...
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