ASUNTO PRESENTACIN DE FORMAL QUERELLA PENAL CON CONSTITUCIN EN ACTOR CIVIL interpuesta en por el PETRUS CRISTIANUS J. ANTONIUS, EN CONTRA DE LA NOMBRADA FRANCISCA PANIAGUA, LOCALIZABLE EN LA calle 7, No. 13, Sector La Esperanza, Villa Faro, MUNICIPIO SANTO DOMINGO ESTE, PROV. SANTO DOMINANDO. VIOLACION ARTICULOS, 402 y 408, DEL CDIGO PENAL DOMINICANO Y LOS ARTS. 1382 Y 1383 DEL CODIGO CIVILDOMINICANO.- QUERELLANTE PETRUS CRISTIANUS J. ANTONIUS.- ABOGADO LIC. JULIO GIL REYES. HONORABLE MAGISTRADO Quienes suscriben, LIC. JULIO GIL REYES, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la Repblica, portador de la Cdula de Identidad y Electoral No. 001-0506768-0, con estudio profesional abierto en la Calle Eugenio Alcntara No.7, Alto, sector Cancino Viejo, MunicipioSanto Domingo Este, Provincia Santo Domingo, quienes actan en nombre y representacin del seor PETRUS CRISTIANUS J. ANTONIUS, holands, mayor de edad, portador de la Cdula de Identidad No. 223-0020065-0, quien hace eleccin de domicilio en la oficina de su abogado apoderado, por medio de la presente tiene a bien presentar formal Querella Penal con Constitucin en Actor Civil en contra de la seoraFRANCISCA PANIAGUA, atendido a las razones y motivos siguientes EN CUANTO A LOS HECHOS ATENDIDO A que el seor PETRUS CRISTIANUS J. ANTONIUS, le alquilo una habitacin a la seora FRANCISCA PANIAGUA para guardar los trastes mobiliarios de su propiedad, ya que el mismo haba vendido su casa y saldra del pas hacia su pas de origen, sea hacia Holanda, en donde se acord que el precio del alquiler mensualfuera por la suma de RD12,000.00. ATENDIDO A que durante su estada en su pas de origen este tuvo tratarnos de salud el cual lo mantuvo fuera de este pas por un ao y cinco meses, sin embargo desde haya le mandaba mes por mes el pago del alquiler. ATENDIDO A que a la llegada del seor PETRUS CRISTIANUS J. ANTONIUS a la Republica Dominicana se presenta donde la seora FRANCISCA PANIAGUA propietaria de lacasa reclamndole la entrega de sus ajuares que este ahbia dejado guardado, para sorpresa de este, ella haba dispuesto de todo ello, alegando que ya el no tenia nada ah y que ella haba sido mujer de el, pero que ya no lo era. ATENDIDO A que el seor PETRUS CRISTIANUS J. ANTONIUS es objeto de una gran sorpresa pues el nunca ha tenido ningn tipo de relacin marital con la seora FRANCISCA PANIAGUA, yque su nica relacin con esta es de carcter comercial, la cual conoci a travs de un hijo de ella, por lo que no entiende de donde se invento esa famosa relacin amorosa. ATENDIDO A que en la fecha de su llegado luego de enterarse de lo sucedido, mi representado se dirigi hacia la fiscala en donde se hicieron algunas gestiones para que la seora FRANCISCA PANIAGUA le devolviera su pertenencia, cosaque no fue posible. ATENDIDO A que fracasadas estas intenciones de que la seora FRANCISCA PANIAGUA le devolviera su pertenencia el querellante decidi nombrar un abogado, para que el mismo procediera a demandar, cosa esta que por error o por contubernio, lanzo una demanda en particin de bienes, alegando dicho abogado que se trataba de una convivencia marital, cosa que no era cierta, por lo que elhoy querellante desapodera al abogado que lanzo la demanda en particin, por lo que procede a poner una formal querella por abuso de confianza en contra de la seora FRANCISCA PANIAGUA. ATENDIDO A que para ilustracin del proceso presentamos la lista de los ajuares que le fueron sustrado al seor PETRUS CRISTIANUS J. ANTONIUS por la seora FRANCISCA PANIAGUA. TV LCD marca LG 32 Inch, fecha de Compra04-09-2012, precio de compra RD27,155.00. Tv marca Philips 21 Insch comprada en la curacao en fecha 06-02-2000. 3. Juego de habitacin comprado en fecha 13-05-2004 precio de compra RD51,100.00. Lavadora Daewo, comprada en fecha 13-05-2004, precio de compra RD8,900.00. Inversor ISKL 2 Bateras Fecha de compra de 11-08-2009, precio RD30,460.00. Aire Acondicionado 8000 BTU, comprado en fecha...
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