La Igualdad En La Jurisprudencia Del Tribunal Constitucional 0
Y DIS CRIM I N A C I Ó N
INVERSA
Alfonso Ruiz Miguel
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LA IGUALDAD
EN LA JURISPRUDENCIA
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL*
L
a igualdad es un concepto tan abierto y complejo que incluso un estudio que pretenda
circunscribirse a su interpretación constitucional no puede limitarse a describir más
o menos ordenadamente una serie de tesis o posiciones. Un análisis apropiado exige
ciertaconstrucción y la construcción presupone elecciones conceptuales y valorativas
que, en particular en este caso, son además inevitablemente complejas y quizá
esencialmente debatibles. Confío en que a lo largo de las páginas que siguen los presupuestos
conceptuales y valorativos que me guían se irán haciendo suficientemente explícitos. Aquí
únicamente será conveniente advertir que la interpretación dela jurisprudencia constitucional
que se propone es precisamente eso, una interpretación que se propone o, por decirlo más
claramente, una reconstrucción que, dentro de la pretensión de fidelidad a lo dicho por el
Tribunal Constitucional, también selecciona y destaca algunos problemas y tendencias, asume
como preferibles ciertos criterios y como equivocados otros, señala críticamenteambigüedades,
antinomias y quiebras en las distintas líneas que se han desarrollado en tales o cuales puntos y,
en suma, esboza un cuadro de la jurisprudencia constitucional -espero que no demasiado
abstracto- sin hacer de él una mera fotografía.
El esquema que seguiré parte de unas consideraciones generales sobre la igualdad en la
Constitución española que servirán para situar inicialmente la gran división queafecta a ese
concepto, entre la igualdad ante la ley y la igualdad sustancial. A esa gran división corresponde
la estructura general del resto del estudio, si bien es sobre todo el primer tema, el de la igualdad
ante la ley, el que recibirá mucho más amplia atención. Dentro de él se desarrollará la doble
distinción entre la igualdad en la ley y la igualdad en la aplicación de la ley y,especialmente
dentro de la primera noción, entre el principio genérico de igualdad y el mandato
antidiscriminatorio.
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* El presente texto forma parte del proyecto de investigación núm. PB94-0193, del Programa Sectorial de
Promoción del Conocimiento de la DGICYT.
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Alfonso Ruiz Miguel
1. La igualdad en la Constitución española
En la Constitución, explícita o implícitamente,hay distintas y no siempre claras
referencias a la igualdad1. Dos grandes pilares, sin embargo, pueden descubrirse en ella, además
de la inaugural referencia del art. 1.1 a la igualdad como uno de los cuatro «valores superiores»
del ordenamiento jurídico español. En primer lugar, el principio de igualdad reconocido en el art.
14 como frontispicio de todo el capítulo II, dedicado a los «derechos ylibertades», que dice:
«Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por
razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social».
Ahora bien, aunque es sobre este precepto sobre el que sin duda se ha desarrollado el
grueso de la jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional a propósito de laigualdad2, hay
un segundo pilar de gran importancia cualitativa: el art. 9.2, que no puede dejar de ser
relacionado, aun de manera compleja, con el que se acaba de citar:
«Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la
igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los
obstáculos que impidan o dificulten su plenitud yfacilitar la participación de todos los
ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social».
Teniendo presente esa doble formulación de la igualdad en nuestra Constitución, la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre ella se puede analizar a partir de la gran
división entre el principio de igualdad ante la ley del art. 14 y el ideal de la igualdad sustancial
al que alude el...
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