La Importacia De La Matematica
2.3. La pena de inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio o cualquier otro derecho: el artículo 45 establece que "priva al penado de lafacultad de ejercerlos durante el tiempo de la condena.".
Lo primero que salta a la vista de la definición legal, al igual que en la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho desufragio pasivo, es la imposibilidad de distinguir esta pena de inhabilitación con la pena de suspensión. Ciertamente esta última ha quedado relegada únicamente a los supuestos de empleo o cargos públicos,pero no deja de llamar la atención el hecho de que el artículo 45 se refiere, en puridad, a la suspensión del ejercicio profesional y no a una privación definitiva. Así lo entiende también MOLINABLÁZQUEZ. Entiendo que ello obedece a consideraciones prácticas: ciertamente existen profesiones que precisan de colegiación en el correspondiente colegio profesional, mientras que otras no son...
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