La importancia de la tortilla en el taco dentro del tratado de libre comercio: una perspectiva cómoco, mágica, musical
Localización:
Sexta Época
Instancia: Tercera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Cuarta Parte, XLIX
Página: 9
Tesis Aislada
Materia(s): Civil
ACCIONESCIVILES. ESTUDIO OFICIOSO DE SU PROCEDENCIA.
La Suprema Corte de Justicia ha establecido que no se viola el principio de congruencia procesal cuando los tribunales estudian de oficio las condiciones delejercicio o procedencia de la acción. La doctrina señala entre las condiciones o requisitos constitutivos de la acción, el interés, la legitimación para obrar y la posibilidad jurídica, entendiendo poresta última la legitimidad del procedimiento, es decir, que éste sea de los que la autoridad judicial puede pronunciar y no esté expresamente prohibido por la ley. En tal virtud, el juzgador debeestablecer si la procedencia de la acción no está prohibida legalmente, como cuando los hechos o actos jurídicos en que se funda tienen una causa o un objeto ilícito o contrario a las buenas costumbres.De esto se deriva que no puede prosperar, por falta de posibilidad jurídica, la acción fundada en un contrato para la explotación de un lenocinio o de una sociedad constituida contra disposiciónexpresa de la ley, y en general todas las acciones que tengan su fuente en el dolo, el fraude o el delito de alguna de las partes.
Amparo directo 2753/60. Jaime Manuel Alvarez del Castillo. 3 de julio de1961. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas
|Registro No. 272254 |
|Localización:|
|Sexta Época|
|Instancia: Tercera Sala |
|Fuente: Semanario...
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