La Inminente Reforma Del Matrimonio En Derecho Civil Español

Páginas: 37 (9114 palabras) Publicado: 8 de noviembre de 2015
La inminente reforma del matrimonio en derecho civil español
Javier Nanclares Valle
 
 

   


 
1.- La reforma del Derecho civil español en 1981.
La ley 30/1981, de 7 de julio, supuso un profundo cambio en la regulación del Código civil español en materia matrimonial. Tras ella, se puede defender que el matrimonio es para el derecho civil español, la unión tendencialmente perpetua entre unvarón y una mujer resultante del consentimiento emanado con las formalidades legalmente previstas y creadora de un vínculo jurídico orientado a lograr una comunidad de vida en aras del mutuo desarrollo personal.
Concebido el matrimonio canónico como consorcio para toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole (canon 1055 Código deDerecho Canónico de 1983) y cuyas propiedades esenciales serían la unidad e indisolubilidad, el matrimonio civil nacido de la reforma de 1981 va a coincidir con el concepto canónico en lo relativo al bien de los cónyuges y a la unidad (exclusión de la poligamia), pero va a separarse del mismo al institucionalizarse la disolubilidad matrimonial mediante el divorcio y, al menos en apariencia, enlo que respecta a la generación de prole.
Con la disolubilidad del matrimonio por divorcio se pone fin a una de las que se consideran por la doctrina canonista y algún sector de la civilista como cualidades del matrimonio en cuanto que institución natural. Para el Código civil, el proyecto de vida en común que comienza con las nupcias ha de ser inicialmente de por vida, no siendo posible laprestación de un consentimiento condicional o a término (art. 45 párrafo 2 CC tiene por no puesta esa condición o término), pues las uniones transitorias adolecen de una radical inestabilidad que las convierte en indignas de la protección del ordenamiento jurídico. Cuestión distinta es que si ese proyecto de vida en común fracasa, pueda ser disuelto y que, de esta manera, sea posible el inicio denuevos proyectos conyugales.
Por su parte, la desaparición del bien de la prole parece desprenderse de la supresión de la impotencia como impedimento matrimonial[1], lo que pondría de manifiesto, de un lado, que la sexualidad habría desaparecido del modelo legal de matrimonio (el matrimonio no implica necesariamente la relación sexual entre los cónyuges, aunque ciertamente esto sea lo más frecuente)y, de otro lado, que la obtención de prole no sería un fin objetivo del matrimonio civil. No obstante, estas afirmaciones merecen ser matizadas cuando no cuestionadas.
En primer lugar, porque quedan aún reminiscencias de esta vinculación entre matrimonio y prole en la fijación de los 14 años como edad núbil mínima, por debajo de la cual es imposible el matrimonio: límite de edad inspirado en elcriterio de la madurez sexual o reproductiva.
En segundo lugar, porque siempre quedaría abierta la posibilidad de adopción por parte de los cónyuges, de modo que, aunque el cónyuge fuese impotente y el matrimonio mantuviese una relación asexualizada, esos esposos podrían obtener descendencia. Argumento que se consolidaría con la Ley 35/1988, de 22 de noviembre, de técnicas de reproducción asistida,donde también se conectaría matrimonio y prole, ya que a pesar de la falta de relación sexual que pueda existir entre los cónyuges por causa de la absoluta impotencia de uno de ellos[2], la obtención de descendencia sería posible por dos vías: 1) fecundación heteróloga, mediante el recurso a material genético de un donante anónimo, pese a lo cual la filiación quedaría determinada ex legerespectodel marido si éste otorgó previamente su consentimiento al uso de esa técnica; 2) fecundación homóloga, mediante la extracción de esperma de los testículos del marido y la implantación en el útero de la mujer o directamente en el óvulo femenino. Téngase en cuenta que impotencia no es sinónimo de esterilidad y que el impotente puede no padecer ni azoospermia (ausencia de espermatozoides) ni ni...
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