LA INSPECCION JUDICIAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD CATOLICA DEL TACHIRA
(UCAT)
La Inspección Judicial
INTEGRANTES:
JOSE LUIS RIVERA RIVERA 18.970.843
JESUS DANIELCHACON
SAN CRISTOBAL 23 DE ABRIL DE 2015
1) ¿Qué es la Inspección Judicial?, Para el autor DEVIS ECHANDIA; expresaba que se entendía por inspección oreconocimiento judicial: una diligencia procesal, practicada por un funcionario judicial, con el objeto de obtener argumentos de prueba para la información de su convicción, mediante el examen y la observación con sus propios sentidos, de hechos ocurridos durante la diligencia o antes pero que subsisten o de rastros o huellas de hechos pasados, y en ocasiones de su reconstrucción.
Por ello, este mediose ha llamado, observación judicial inmediata, es el medio probatorio por el cual el juez percibe directamente con sus sentidos, sin intermediación. Es pues la percepción misma del hecho a probar por el juez, mediante sus propios sentidos. En ella pueden intervenir todos los sentidos: vista olfato, oído, tacto e incluso el gusto.
La inspección judicial radica en esa apreciación sensorialpersonal que hace el juez sobre los hechos.
El Código Procesal Civil de igual modo denomina la inspección judicial en el articulo 472: el juez, a pedimento de cualesquiera de las partes o cuando lo juzgue oportuno, acordara la inspección judicial de personas, cosas, lugares o documentos, a objeto de verificar o esclarecer aquellos hechos que interesen para la decisión de la causa o el contenido dedocumentos.
2) ¿El promovente de la Inspección Judicial puede reservarse que para el momento de la realización de ella señale otros hechos? Ellas deben ser referidas solo a los puntos de la promoción, de manera que no pueden extenderse a otros puntos, ni puede significar que la parte promovente esta autorizada para hacer un complemento de promoción. Las observaciones deben limitarse a los hechosseñalados en la promoción y que constituyen el objeto de la inspección. Por ejemplo: sugerir que se tome una fotografía, que se mida, que se destaque el color u olor; en fin observaciones que no signifiquen una nueva promoción.
No compartimos el criterio de HENRIQUEZ LA ROCHE, que es factible la especie de Clausula Abierta, que se acostumbra en el foro en la promoción de la inspección que dice mas omenos: me reservo el derecho de señalar cualquier otro hecho o dejar constancia de cualquier otra circunstancia conexa con la causa en el momento de la evacuación de la prueba, conforme a los artículos 397 y 398 del CPC, cuestión hoy aclarada en sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, las partes en su promoción de pruebas tienen que fijar los hechos de cada una de las pruebas. Primero, porque esla única forma que las partes puedan allanarse a los hechos que pretende probar su contraparte; y segundo, porque es la única forma que tiene el juez para valorar si hay ilegalidad o impertinencia. De suerte, que si no hay fijación de los hechos se violan las normas referidas y se menoscaba el derecho de defensa. En lo especifico a lo comentado de la supuesta clausula abierta de la Inspección, conmayor razón hay una transgresión, pues, resulta sorpresiva o intempestiva, que ha dejado a la contraparte sin posibilidades de defensa de oponerse en su momento adecuado (articulo 397) y no estar preparado para las observaciones que tiene derecho a realizar según el articulo 474 in comento, advertimos que esto se refiere a hechos nuevos no contemplados en la promoción, que las partes intentenpromover en ese acto.
No obstante, el juez, que es a quien va dirigida la prueba para su convicción, en nuestro criterio, podrá en la realización ordenar que se amplíen los puntos por verificar e incluso recibir otras clases de pruebas que estén relacionadas con las diligencia que esta realizando, tales como fotografías, planos, documentos y otros que se refieran a hechos objeto de la inspección....
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