La Justicia
S. O. F. O. M. E. R. GRUPO FINANCIERO
BBVA BANCOMER
VS.
MARIA ISABELHERNANDEZ GUTIERREZ Y
JORGE AQUILES ALVAREZ MONTEMAYOR.
JUCIO: ESPECIAL HIPOTECARIO.
EXP.- 1692/2011
C. JUEZ TRIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL
DE LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL.
P R E S E N T E.-
MARIA ISABEL HERNANDEZGUTIERREZ y JORGE AQULES ALVAREZ MONTEMAYOR, con el carácter y personalidad de parte demandada en los autos del juicio al rubro citado, ante usted(s) con el debido respeto comparezco para exponer lo Siguiente.
Que vengo por medio del presente escrito y de conformidad con lo dispuesto por él articulo 298 segundo párrafo del código de procedimientos civiles en vigor para elDistrito Federal, a expresar los agravios que nos causa el AUTO de fecha 6 de junio del 2012, y el cual fue publicado en el boletín judicial numero104 de fecha 7 de Junio de 2012, y que surtió sus efectos el día 8 de junio del 2012, dictado por el JUEZ TRIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL, del partido judicial del Distrito Federal, el cual fue dictado por su señoría al tenor siguiente
“México, DistritoFederal, a SEIS DE JUNIO del dos mil doce.
-A sus autos el escrito de cuenta de MARIA ISABEL HERNANDEZ GUTIERREZ y JORGE AQULES ALVAREZ MONTEMAYOR, en su carácter de DEMANADOS, se les tiene contestando en tiempo y forma la demanda instaurada en su contra, y con las excepciones y defensas, se da vista a la actora para que dentro del término de tres días manifieste lo que a su derecho convenga enespecial con la denominada FALTA DE PERSONALIDAD E IMPROCEDENCIA DE LA VIA. POR CORRESPONDER AL ESTADO DE LOS AUTSO SE dicta auto admisorio de pruebas en los siguientes términos: DE LA PARTE ACTORA, se admite LAS documentales, instrumental de actuaciones y presuncional legal y humana. DE LA PARTE DEMANDADA, se admite la confesional a cargo de la actora, las documentales, presuncional legal y humanae instrumental de actuaciones. En preparación de las confesionales admitidas, cíteseles a a fin de que las personas físicas comparezcan de manera personal y la persona moral por mediod e persona debidamente facultada para absolver posiciones previa su calificación de legales, con el apercibimiento que en caso de no comparecer se les declarara confeso de las posiciones que previamente seancalificadas de legales, atento a lo dispuesto por el articulo 319 y 322 del Código de Procedimientos Civiles.
Sin lugar a admitir las pruebas marcadas con los números 4, 5 y 7 en virtud de que las documentales que solicita son de conocimiento publico al ser publicadas en el diario oficial de la federación.
Sin lugar a admitir la prueba marcada con el numero 6 en virtud de que no se encuentrarelacionada con hecho alguno de la litis, pues si bien manifiesta que con todos y cada uno de ellos, no menos cierto lo es que en la misma no se encuentra enunciada o que forme parte de su contestación de demanda, se señalan las once horas con treinta minutos del día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la audiencia de ley.- NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. JuezTrigésimo Quinto de lo Civil, ante la fe de la C. Secretaria de Acuerdos, con quien actúa y autoriza lo actuado.- Doy fe- - -“
A continuación, a efecto de que la H. Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal del conocimiento, resuelva el recurso que se interpone, paso a expresar los siguientes;
A G R A V I O S
1.- FUENTE DEL AGRAVIO.- Lo considerado porel A QUO en el auto de fecha 6 de junio del 2012, y el cual fue publicado en el boletín judicial numero104 de fecha 7 de Junio de 2012, y que surtió sus efectos el día 8 de junio del 2012, dictado por el JUEZ TRIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL, del partido judicial del Distrito Federal, mismos que tienen consecuencia con lo que resuelve de la misma resolución;
A) Causa agravios la resolución...
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