la legislacon local
i. el artículo 4 Ley 5.150 de Catamarca dispone la entrega de la propiedad delterritorio que ancestralmente ocupan
ii. el artículo 9º Ley 3258 del Chaco reza que la adjudicación en propiedad de las tierras tendrá el carácter de reparación histórica;
iii. el artículo5 Ley 3657 de Chubut dispone que el asentamiento de las comunidades indígenas se realizará en tierras fiscales, atendiendo en lo posible a la posesión actual o tradicional de las tierras
iv. elartículo 11 Ley 426 de Formosa determina que el asentamiento de las comunidades aborígenes atenderá en lo posible a la posesión actual o tradicional de las tierras, siendo esencial el consentimientolibre y expreso de la comunidad aborigen para su asentamiento en sitio distinto al de sus territorios habituales
v. el artículo 2 Ley 5030 de Jujuy adjudicación de las tierras quetradicionalmente ocupan los aborígenes deberá ejecutarse según opten los beneficiarios por el sistema de propiedad complementaria o individual prevista en el artículo 75 inc 17 de la Constitución Nacional,conforme al régimen de las Leyes Nacionales 23.302 y 24.071, o el régimen de la propiedad individual previsto en la ley 4394
vi. el artículo 13 Ley 2727 de Misiones promete que se respetarán loslugares de asentamientos actuales de las comunidades guaraníes, una vez ratificada por éstas la decisión de seguir ocupando esas tierras
vii. el artículo 28 Ley 2342 de Neuquén que puntualiza que...
Regístrate para leer el documento completo.