LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
SANCIONACON FUERZA DE
L E Y
TITULO I
“Régimen para la implementación del Sistema de Locación Seca para la extracción de petróleo, gas o ambos en conjunto”
CAPITULO I
“Sistema de Locación Seca”Artículo 1º.- OBJETO: Las empresas permisionarias de exploración y concesionarias de explotación de hidrocarburos en el territorio provincial, deben implementar el “Sistema de Locación Seca” para elcontrol de sólidos y el tratamiento de lodos y cutting, en todas las perforaciones de pozos que tengan como objeto la extracción de petróleo o gas, o ambos en conjunto.
Artículo 2º.- PLAZOS DEIMPLEMENTACION: El plazo de implementación se establece por vía reglamentaria, debiendo las empresas aplicar dentro de los noventa (90) días de entrada en vigencia de la presente, el “Sistema de Locación Seca”en la totalidad de las perforaciones de pozos que tengan como destino la extracción de petróleo y gas que existan o se realicen en la provincia.
CAPITULO II
“Estudios de Impacto Ambiental”Artículo 3º.- ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL: Las empresas concesionarias deben presentar a la autoridad de aplicación, por cada área de concesión, un “Estudio de Impacto Ambiental” al efecto de determinarel lugar con capacidad de ser utilizado en forma segura para el medio ambiente y los seres vivos, para la construcción de infraestructura de acopio de residuos y desechos provenientes de perforacionesvinculadas con la actividad hidrocarburífera con la metodología de locación seca. Los mismos deben ser efectuados por profesionales, empresas u organismos inscriptos en el Registro Provincial deConsultores Ambientales.
La autoridad de aplicación debe efectuar la evaluación de dichos estudios y la posterior aprobación de los sitios de construcción de infraestructura de acopio, para el...
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