La ley general de sociedades a través de la jurisprudencia
(ANÁLISIS DE LOS PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA APROBADOS EN MATERIA SOCIETARIA)
LUIS ALBERTO ALIAGA HUARIPATA (*) (**)
SUMILLA: I. EL ÓRGANO MÁXIMO DELIBERANTE: LA JUNTA GENERAL II. EL ÓRGANO GESTOR Y REPRESENTATIVO: EL DIRECTORIO. III. EL LIBRO DE ACTAS Y DEMÁS ASPECTOS DOCUMENTALES SOCIETARIOS. IV.TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. V. DENOMINACIÓN (ABREVIADA). VI. ADECUACIÓN DE LAS SOCIEDADES A LA NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES. VII. PRESUNCIÓN DE EXTINCIÓN DE LAS SOCIEDADES POR PROLONGADA INACTIVIDAD REGISTRAL.
RESUMEN
Nos acercamos a la primera década de la entrada en vigencia de la Ley General de Sociedades (LGS), tiempo que invitaa reflexiones y balances preliminares sobre lo avanzado y lo que queda por hacer en esta materia.
Cabe recordar que la dación de esta norma supuso todo un acontecimiento en el panorama local, pues además de regular una de las personas jurídicas con mayor incidencia en el tráfico jurídico – las sociedades[1] -, modernizó el tratamiento de la materia societaria e inspiró innumerables publicacionesde carácter doctrinal, en forma de libros o revistas, de manera individual o colectiva. [2]
Y ¿qué sucedió en materia jurisprudencial?; dicho en otros términos, ¿cuál ha sido la interpretación que hasta el presente se le han dado a las diferentes disposiciones de la LGS en sede judicial y administrativa?.
Es innegable que, el conocimiento del derecho exige, además de la legislación y doctrina,de la jurisprudencia, es decir, del análisis de las decisiones de los órganos encargados de interpretar y aplicar las normas y la doctrina en casos concretos.
Considerando la magnitud de la jurisprudencia existente en el ámbito judicial como administrativo, en esta ocasión delimitaremos nuestro estudio a la denominada “jurisprudencia registral” (jurisprudencia en sentido lato), con énfasis en los“precedentes de observancia obligatoria”, es decir, los “criterios de interpretación de las normas que regulan los actos y derechos inscribibles” establecidos por el Tribunal Registral en sus respectivos Plenos. [3]
La jurisprudencia registral en materia societaria ha girado en torno a diversos tópicos tales como, la junta general de accionistas, el directorio, los aspectos documentales, latransferencia de participaciones sociales de las sociedades comerciales de responsabilidad limitada, la denominación abreviada, la adecuación de las sociedades a la LGS, la presunción de extinción de sociedades por prolongada inactividad registral, etc.
En ese sentido, continuando con un proyecto anterior, procederemos a revisar y analizar la jurisprudencia registral actual en materia societaria,siempre desde una perspectiva personal. [4]
PALABRAS CLAVES: LEY GENERAL DE SOCIEDADES. REGISTRO DE SOCIEDADES. JURISPRUDENCIA. PRECEDENTE DE OBSERVANCIA VINCULANTE.
ABSTRACT
We approach the first decade of the effective date of the General Corporate Law (LGS), while inviting reflection and preliminary reports on the progress made and what remains to be done in this area.
It is recalled that thefoundation of this rule it was a local event in the picture, as well as a regular of legal persons with the greatest impact on traffic law – companies – modernized the treatment of the subject company and inspired countless publications doctrinal, in the form of books or magazines, either individually or collectively.
And what happened in the field of jurisprudence? In other words, what was theinterpretation to the present have been given to the various provisions of the LGS in the judicial and administrative?.
Undeniably, knowledge of the law requires, in addition to law and doctrine, the case law, ie the analysis of the decisions of the bodies responsible for interpreting and applying the rules and doctrine in specific cases.
Considering the magnitude of the existing case law in...
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