La libre eleccion del notario como derecho del consumidor
Por Nelson Rudys Castillo Ogando
Notario. Presidente del Instituto Dominicano de Derecho Notarial (INDONOTA)
Quienes llevamos ya algunosaños en el ejercicio de la profesión de Notario, nos sorprendemos ante el desconocimiento que como regla general existe acerca de las funciones del Notario y del derecho de los particulares a sulibre elección; por esto resulta acertado hacer saber que el consumidor que contrata con grandes operadores económicos tiene derecho, en todo caso, a elegir el Notario.
La Constitución dominicana, bajoel epígrafe de los derechos económicos y sociales, recoge en su artículo 53 los derechos del consumidor aduciendo que: “Toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a unainformación objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley. (…).Las personas queresulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley.”
Nuestra Ley General de Protección de los Derechos delConsumidor o Usuario, No. 358-05, establece en su artículo 33, literal h) que: “Sin perjuicio de los derechos del consumidor conferidos en disposiciones legales y reglamentarias vigentes y en elderecho común, se reconocen como derechos fundamentales del consumidor o usuario”, entre muchos otros, la facultad de “acceder a una variedad de productos o servicios que permitan su elección libre, aligual que le permitan seleccionar al proveedor que a su criterio le convenga.”
El reconocimiento de este derecho pretende facilitar al particular que elija, en el caso de nuestro interés, al notario quemás garantía de imparcialidad le ofrezca respecto a la parte fuerte de la contratación, ya que el asesoramiento que reciba sobre las consecuencias de los actos y negocios que va a concluir impedirá...
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