La mora en el derecho romano
Unretraso intencionado en el cumplimiento de una obligación supone un incumplimiento parcial, que puede provocar perjuicios más o menos graves en el acreedor, y como tal incumplimiento es tratado en losdiferentes ordenamientos jurídicos.
Ahora bien, si el retraso en el cumplimiento del deudor se debe a la concurrencia de una acción u omisión del acreedor que impide que el deudor pueda cumplir a sudebido tiempo, se dice que existe mora del acreedor y puede tener efectos liberatorios para el deudor de las responsabilidades derivadas de su falta de oportuno cumplimiento.
Consecuencias de la moraSi bien las consecuencias concretas de la mora en una obligación dependerán de lo pactado, y del tipo de obligación, son habituales las siguientes consecuencias:
1.Supone un incumplimientocontractual, que podría acarrear una rescisión si el contrato es de tracto sucesivo y la mora tiene cierta gravedad.
2.Es habitual que se obligue al deudor a indemnizar con el pago de intereses de demora.A falta de convenio expreso suscrito entre las partes interesadas que establezca la cuantía de estos intereses, en España se aplica la legislación sobre el Interés legal del dinero.
3.También cabereclamar otros daños y perjuicios provocados por el incumplimiento, que se han de acreditar.
Mora en obligaciones de hacer
Si la obligación es de hacer, y el deudor se constituye en mora, elacreedor podrá pedir, junto con la indemnización de la mora, a elección suya:
1.La ejecución por parte del deudor de lo convenido.
2.Que se le autorice a él mismo para hacerlo ejecutar a un tercero aexpensas del deudor.
3.Que el deudor la indemnice de los prejuicios resultantes de la infracción del contrato.
MORA DEBITORIS
Es cuando el deudor se retarda injustamente con el cumplimiento de...
Regístrate para leer el documento completo.