LA NUEVA ECONOMIA
Entre BALDOMERO NICOMEDES ARJONA Y NAVARRO DNI 92.062.691 CUIT 20-92062691-3 con domicilio en PARCELA A235 IDEVI de la localidad de Viedma,Provincia de Rio Negro, denominado en adelante el ARRENDADOR, por una parte, y la Empresa G&Z CONSULTORA EXPORTADORA – IMPORTADORA S.A CUIT ………………………………. con domicilio en Av. Colon 386 de la localidad deBahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, firmando como Apoderado el Sr. JUAN F. GZAIN, en adelante denominado el ARRENDATARIO por la otra parte, se celebra el presente contrato de arrendamientoaccidental por cosecha, el que se sujetara a las siguientes clausulas y condiciones conforme a lo establecido por el Art 39 de la Ley Nº 13246, modificada por el Decreto Ley 1639/63 y las Leyes Nº 21.452 y22.298.
PRIMERA: El ARRENDADOR cede en arrendamiento accidental al ARRENDATARIO, una fracción de tierra de 20 Ha, ubicada en Parcela A235 IDVI de la Ciudad de Viedma, Provincia de Rio Negro.
SEGUNDA:El arrendamiento no comprende la vivienda ni los galpones.
TERCERA: El arrendamiento se formaliza para la explotación accidental de una cosecha de cebolla para el periodo agrícola 2014/2015, siendoobligación del ARRENDATARIO entregar la fracción totalmente desocupada al levantar la cosecha.
CUARTA: El precio del arrendamiento por todo el periodo se estipula de la siguiente manera:
20 Ha enalquiler pagos con 350 bolsas de cebolla descolada por Ha: 7000 bolsas las mismas se entregaran a partir de Abril de 2015.
QUINTA: Si finaliza la cosecha y/o vencido el termino fijado en la clausulatercera, y/o no acordada la prorroga del contrato y el ARRENDATARIO no restituye la fracción arrendada, el ARRENDADOR sin necesidad de interpelación alguna tendrá derecho de exigir al Arrendatario, enconcepto de clausula penal, la cantidad de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTISIETE (U$S 27) por hectárea, por día de retardo en la restitución.
SEXTA: El inmueble deberá destinarse exclusivamente para...
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