La perseverancia de México en combatir la producción, tráfico y consumo de la droga no lo ha llevado, sin embargo, como a otros países de América hispana, a dictar a su respecto un estatuto jurídicoespecial. Mientras eso ocurrió en Bolivia en 1916 con la Ley de Drogas; el mismo año en el Ecuador con la Ley del Comercio del Opio y demás Drogas; en Colombia en 1920 con la Ley sobre Importación yVenta de Drogas que forman Hábito Pernicioso; en el Perú en 1921 con la Ley 4428 que regula la importación, exportación y comercialización de la cocaína y sus sales y derivados, y, en fin, en 1930 enVenezuela con la Ley de Narcóticos, en México las normas respectivas han seguido conteniéndose esencialmente en la legislación sanitaria, la penal y la procesal penal, prescindencia hecha, por cierto,de algunas normas especiales concernientes a la acción preventiva frente a la droga. México sigue sin consagrarle una ley especial, al paso que el Perú en 1978, Venezuela en 1984, Colombia en 1986,Ecuador en 1987 y Bolivia en 1988, han actualizado sus estatutos legales específicos en la materia.2 la droga se ve muy tempranamente influida por la acción internacional concertada en contra de ésta.Tal acción internacional tiene como punto de partida, según se sabe, la Convención del Opio de Shanghai, celebrada en 1909, origen de la Conferencia de La Haya de 1912, a la que asistieronrepresentantes de doce Estados, y en donde se concluyó la Convención de La Haya, que entraría en vigor el 11 de febrero de 1915. Los principios establecidos en esa Convención han seguido siendo la base de laregulación internacional de las drogas. Como en México no está permitido el uso de narcóticos, las penalidades son parecidas en todos los casos. Van desde los 8 años hasta los 30 o incluso la cadenaperpétua, depende de la cantidad de droga decomisada, de los antecedentes penales de la persona detenida y de algunos otros criterios. Las condenas aumentan para los líderes de los cárteles porque casi...
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