La polarizacion
Que la publicidad como forma de expresión debe gozar de libertad, tal de la Organización de las Naciones Unidas, y los artículos sexto y séptimo de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, etc.
Que la libertad de expresión publicitaria debe ejercerse dentro del marco de normas que establece la ética; relacionando dicha libertad con laresponsabilidad moral y con el determinismo a que se hayan sujetos nuestros actos.
Que para un armónico desarrollo de los fines publicitarios se requiere un sistema de normas adecuadas que se agrupen para talefecto.
Que es necesaria la articulación y concordancia de los intereses personales y colectivos de las diversas Asociaciones, Cámaras e Instituciones relacionadas con la Industria de la Publicidad, lasmismas han decidido adoptar un Código de Ética en el que se establezcan las responsabilidades de dichas organizaciones, ante la Sociedad y los principios que deben regir la conducta y las relacionesentre los anunciantes, agencias, medios y consumidores. Se establece para la debida observancia de quienes los suscriben, el siguiente
CÓDIGO DE ÉTICA PUBLICITARIA
PRINCIPIOS GENERALESARTÍCULO PRIMERO
Para los fines de este código, se define la publicidad como la actividad que consiste en ofrecer bienes, servicios o ideas dirigidas al público con el objeto de promover su aceptación através de mensajes transmitidos por los diferentes medios de comunicación y de los avisos en envases y etiquetas.
ARTÍCULO SEGUNDO
Los efectos de este código, se entenderá por Ética publicitaria laevaluación de conducta a la luz de los principios morales entendidos como un cuerpo de obligaciones entre los individuos y con la sociedad.
ARTÍCULO TERCERO
Se entender como producto el bien,servicio o idea objeto de la publicidad.
ARTÍCULO CUARTO
Se denomina consumidor a cualquier persona a quien se informa publicitariamente ya sea como usuario final, como cliente o individuo...
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