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6. La tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional
La normativa aplicable se encuentra en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Esta Ley regula también la “Tasa por el alta y la modificación de fichas toxicológicas en el registro deproductos químicos”, que no se será analizada al considerar que va más allá de lo que el programa requiere.
La tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social tiene carácter estatal y será exigible por igual en todo el territorio nacional en los supuestos que más adelante se indican, sin perjuicio de las tasas y demás tributos quepuedan exigir las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus respectivas competencias financieras, los cuales, sin embargo, no podrán gravar los mismos hechos imponibles.
6.1. Hecho imponible y ámbito de aplicación
Constituye el hecho imponible de la tasa el ejercicio de la potestad jurisdiccional originada por el ejercicio de los siguientes actos procesales:
a) La interposición de lademanda en toda clase de procesos declarativos y de ejecución de títulos ejecutivos extrajudiciales en el orden jurisdiccional civil, la formulación de reconvención y la petición inicial del proceso monitorio y del proceso monitorio europeo.
b) La solicitud de concurso necesario y la demanda incidental en procesos concursales. c) La interposición del recurso contencioso-administrativo.
d) Lainterposición del recurso extraordinario por infracción procesal en el ámbito civil.
e) La interposición de recursos de apelación contra sentencias y de casación en el orden civil y contencioso-administrativo.
f) La interposición de recursos de suplicación y de casación en el orden social. g) La oposición a la ejecución de títulos judiciales.
6.2. Sujeto pasivo de la tasa
Es sujetopasivo de la tasa quien promueva el ejercicio de la potestad jurisdiccional y realice el hecho imponible de la misma.
A estos efectos se entenderá que se realiza un único hecho imponible cuando en el escrito ejercitando el acto procesal que constituye el hecho imponible se acumulen varias acciones principales, que no provengan de un mismo título. En este caso, para el cálculo del importe de latasa se sumarán las cuantías de cada una de las acciones objeto de acumulación.
El pago de la tasa podrá realizarse por la representación procesal o abogado en nombre y por cuenta del sujeto pasivo, en especial cuando éste no resida en España y sin que sea necesario que el mismo se provea de un número de identificación fiscal con carácter previo a la autoliquidación. El procurador o el abogado notendrán responsabilidad tributaria por razón de dicho pago.
6.3. Exenciones de la tasa
6.3.1. Exenciones objetivas
Las exenciones objetivas de la tasa están constituidas por:
a) La interposición de demanda y la presentación de ulteriores recursos en relación con los procesos sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores regulados en el título I del libro IV de la Ley deEnjuiciamiento Civil. No obstante, estarán sujetos al pago de la tasa los procesos regulados en el capítulo IV del citado título y libro de la Ley de Enjuiciamiento Civil que no se inicien de mutuo acuerdo o por una de las partes con el consentimiento de la otra, aun cuando existan menores, salvo que las medidas solicitadas versen exclusivamente sobre estos
b) La interposición de demanda y lapresentación de ulteriores recursos cuando se trate de los procedimientos especialmente establecidos para la protección de los derechos fundamentales y libertades públicas, así como contra la actuación de la Administración electoral.
c) La solicitud de concurso voluntario por el deudor.
d) La interposición de recurso contencioso-administrativo por funcionarios públicos en defensa de sus...
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