la politica mundial
1. ¿Es posible prescindir de los servicios de los jugadores originarios del equipo?
Sí, pero el jugador tendrá derecho a las indemnizaciones que le correspondan ya que se trata dedeportistas profesionales Artículo 18. Extinción del contrato de trabajo. Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
Uno. La letra h) del apartado 1 del artículo49 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, queda redactada del siguiente modo:
«h) Por fuerza mayor queimposibilite definitivamente la prestación de trabajo, siempre que su existencia haya sido debidamente constatada conforme a lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 51.»
Dos. La letra i) del apartado 1 delartículo 49 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, queda redactada del siguiente modo:
«i) Por despido colectivofundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.»
2. ¿Es legal la contratación de jugadores efectuada por Pepe Pelotazo?
No es legal, ya que estos jugadores no cumplen losrequisitos establecidos en el artículo 25 de la Ley 4/2000 de 11 de enero. Asimismo, deberán formular la correspondiente solicitud ante la RFEF, aportando documentación acreditativa de su filiación,nacionalidad y permiso de residencia, expresando además las razones que determinaron su estancia y permanencia en España. Las solicitudes tendrán siempre el carácter de individuales
Artículo 25.Requisitos para la entrada en territorio español.
1. El extranjero que pretenda entrar en España deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto hallarse provisto del pasaporte o documento dé viaje queacredite su identidad, que se considere válido para tal fin en virtud de convenios internacionales suscritos por España y no estar sujeto a prohibiciones expresas. Asimismo, deberá presentar los...
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