La Prueba Anticipada
DEFINICION
REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE PRUEBA ANTICIPADA
1. LEGITIMIDAD
2. PRETENSIÓN GENÉRICA QUE SE VA A RECLAMAR EN EL FUTURO.
3. RAZÓN QUE JUSTIFICA LA ACTUACIÓN ANTICIPADA
PROCEDIMIENTO
EMPLAZAMIENTO Y ACTUACION SIN CITACION
IRRECUSABILIDAD
PRUEBA ANTICIPADA EN LA PERICIA E INSPECCIÓN JUDICIAL
PRUEBA ANTICIPADA DE TESTIGOS
RECONOCIMIENTODE DOCUMENTOS PRIVADOS
EXHIBICION POR PRUEBA ANTICIPADA
DEFINICION
Cuando una persona con legítimo interés justificadamente solicita al juez competente la actuación de algún medio probatorio (pericia, testigos, reconocimiento, exhibición, absolución de posiciones, inspección judicial) antes del inicio de un proceso, nos encontramos frente a la prueba anticipada que se tramitarácomo proceso no contencioso con o sin citación de la futura parte emplazada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 284 y siguientes del Código Procesal Civil (CPC).
Tan singular proceso lo constituye la prueba anticipada (denominada diligencia preparatoria en el Código de Procedimientos Civiles de 1912), la cual puede ser definida como aquel procedimiento excepcional (pues exige determinadosrequisitos para su procedencia) de actuación previa de medios probatorios que tiende a preparar o consolidar la prueba de un proceso a iniciarse posteriormente, para que el medio probatorio cumpla la finalidad de acreditar los hechos expuestos por las partes.
Sin embargo, es importante tener presente que no obstante los apercibimientos contenidos en el Artículo 296 del mismo código deberá seguir lasmismas reglas de valoración de los demás medios probatorios.
En tal sentido, precisamos que en el derecho procesal civil peruano ya no se aplica el sistema de la prueba plena o tasada que estuvo consagrado en el derogado Código de Procedimientos Civiles (C de PC). Hoy, conforme a lo dispuesto en el Artículo 197 del CPC, rige el sistema de la apreciación razonada, que permite que el juez valorelibremente y en forma conjunta, aplicando su criterio de conciencia todos los medios probatorios ofrecidos por las partes y actuados en el proceso, sin encontrarse –como sucedía antes– limitado a atribuir mecánicamente a cada medio probatorio el valor establecido en las denominadas "tarifas legales".
Cabe agregar que este sistema de la libre apreciación de la prueba, exige que el juez motiveadecuadamente sus resoluciones, con la finalidad de evitar arbitrariedades en la valoración de la prueba y comprobar que el juez los valoró aplicando la sana crítica.
Por tanto, la prueba anticipada será valorada por el juez conjuntamente con los demás medios de prueba, usando su apreciación razonada; y, cuando la ley conceda a determinados documentos públicos expedidos por funcionarios públicos en elejercicio de sus atribuciones, las calificaciones de "prueba pre constituida", "fehaciente" o que "no admite prueba en contrario", que estaban más acordes con el sistema derogado de la prueba tasada, igual serán sometidos a la libre apreciación del juzgador, y en el caso de las calificadas como pruebas pre constituidas y que como tales "garantizan la veracidad de los hechos o actos ejecutados",señalamos, por ejemplo, los "Informes de Auditoría" considerados calificados como pruebas pre constituidas por la Ley N° 27795 (Ley del Sistema Nacional de Control): "... dicha calificación no le otorga una categoría especial o privilegiada respecto de las pruebas que puedan constituirse durante los mismos [procesos]", además, el juez se encuentra facultado por el Artículo 194º del CPC a laactuación de oficio de medios probatorios con el fin de de producir convicción respecto del hecho controvertido.
De tal manera, "Los medios probatorios deben ser valorados en forma conjunta, merituados en forma razonada, lo que no implica que el juez, al momento de emitir sentencia, deba señalar la valoración otorgada a cada prueba actuada, sino, únicamente, lo hará respecto a los medios...
Regístrate para leer el documento completo.