LA PRUEBA OFICIOSA EN MATERIA CONTENCIOSA: POR JAIRO PARRA QUIJANO
DR. JAIRO PARRA QUIJANO1
1. LA VERDAD Y EL PROCESO JUDICIAL
Debemos buscar la verdad en el proceso judicial, no se puede defender la tesis
que se administra la justicia, cuando pronunciamos la sentencia con sustento en unos
hechos que no han ocurrido. Se deben manejar los instrumentos probatorios, que nos
permitan conocerla sin excesos y sindaño a la privacidad y la intimidad y otros valores
importantes del ser humano.
Apuntala lo anterior, lo dicho por el Consejo de Estado recién empezó a regir el
Decreto 01 de 1984:
“... Es del caso tener en cuenta que el C.C.A., introduce la iniciativa probatoria del
juzgador y señala dos oportunidades para ejercerla: una, al decretar las pruebas
pedidas por las partes (art. 209) y otra, antesde ordenar los traslados para alegar (art.
169). Y es claro que si en el auto que repone al que decreta las pruebas se toma la
decisión de aclarar alguna de las pedidas, se está actuando dentro de la primera de
ellas, y dentro de la capacidad que confiere la oficiosidad probatoria, que obviamente
no puede limitarse a ordenar pruebas nuevas sino también a clarificar o ampliar las
pedidas. Esesa una de las más importante novedades que trae el nuevo estatuto de
lo contencioso-administrativo.
“Tampoco puede considerarse que la prueba oficiosa atribuida ahora al juez de lo
contencioso-administrativo tenga un carácter supletorio o apenas complementario de
la señalada a las partes, sino que ella es tan amplia que bien puede ser ejercida por el
magistrado aun en ausencia de peticiónprobatoria de parte, pues lo que se pretende
con la consagración de la iniciativa oficial de la prueba es lograr el conocimiento de la
llamada verdad real, a fin de satisfacer la finalidad del proceso, que es la de
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determinar si la actividad administrativa juzgada estuvo o no viciada de ilegalidad” .
2. EL ARTÍCULO 600 DEL C. J. (LEY 105 DE 1931)
Decía el artículo 600 del C.J. lo siguiente:“El juez o Tribunal que vaya a fallar definitivamente un asunto en segunda instancia
puede dictar un auto para mejor proveer con el solo objeto de que se aclaren los
puntos que juzgue oscuros o dudosos, dentro de un término que no puede pasar de
veinte días, más el de la distancia.
Durante este término, se suspende el que tiene el juez o Tribunal para fallar.
Contra esta clase deprovidencias no se admite recurso alguno, y las partes no tienen
en la ejecución de lo acordado más atribución que la que el juez o Tribunal les
conceda”.
Podríamos extractar del artículo lo siguiente: “Con el solo objeto de que se
aclaren los puntos que juzgue oscuros o dudosos”.
Con el solo (adv.) – solamente para que se aclaren los puntos que juzgue oscuros
o dudosos.
1
Doctor en Derecho yCiencias Sociales. Profesor de la Universidad Externado de Colombia.
Presidente del Instituto Colombiano de Derecho Procesal. Distinción “DOCENCIA
EXCEPCIONAL” otorgada por la Universidad Nacional de Colombia en cinco (5)
oportunidades: 1992, 1994, 1995, 1997 y 1998. “DOCTOR HONORIS CAUSA” de la
Corporación Universitaria Mayor del Desarrollo, Universidad “Simón Bolívar” de Barranquilla(Colombia) y “ORDEN ACADÉMICA SIMÓN BOLÍVAR” otorgada por la misma Universidad en
mayo de 2000.
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Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Cuarta. Auto de 12 de
diciembre de 1984, expediente 0168. consejero ponente doctor Gustavo Humberto Rodríguez.
Esa potestad, era una ingerencia oficiosa, dentro de un proceso típicamente
dispositivo, por ello era tímida y requeríasutileza. Es solo para ello y no para subsanar
las deficiencias de las partes3.
Se han definido las medidas para mejor proveer como “aquellas que el juzgador
puede disponer, en el momento que ha de dictar una providencia, y con las garantías y
los requisitos establecidos por la ley, al objeto de lograr que dicha providencia sea más
ajustada al derecho y la justicia; esto es, como su nombre lo...
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