la quiebra

Páginas: 23 (5573 palabras) Publicado: 22 de octubre de 2014
Ministerio de Educacin Superior. Universidad Jos Antonio Pez. San Diego Estado Carabobo. La Quiebra y el Arbitraje Comercial Alumno Julio Prez CI 16.640.279. Seccin 108D2 San Diego Abril de 2014. LA QUIEBRA Unaquiebra bancarrota es una situacin jurdica en la que una persona empresa o institucin no puede hacer frente a lo pagos que debe realizar (pasivo exigible), por lo que estos son superiores a sus recursos econmicos disponibles (activos). A la persona fsica o jurdica que se encuentra en estado de quiebra se le denomina fallido. Cuando el fallido o deudores se encuentran declarado judicial en estado dequiebra, se procede a un juicio de quiebra o procedimiento concursal, en el cual se examina si el deudor puede atender aparte de la deuda con su patrimonio y a las obligaciones de pago pendientes. REQUISITOS QUE DETERMINAN EL ESTADO DE QUIEBRA 1. CUALIDAD DE COMERCIANTE DEL DEUDOR del Art. 914 Cdigo de Comercio (C.Co.) se deduce que la institucin de la quiebra solamente se aplica al comerciante ypara el deudor civil slo existe la sesin de bienes. Ahora bien, todos los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesin habitual y las sociedades mercantiles segn ste artculo pueden ser declaradas en quiebra las personas fsicas y jurdicas. Segn el Art. 10 del C.Co., toda persona fsica mayor de edad que haya hecho del comercio su profesin habitual puede ser declarada enquiebra. El corredor en materia mercantil (Art. 2 ordinal 15 y Art. 66 del C.Co.) y el comisionista (Art. 2 ordinal 4 y Art. 375 del C.Co.) pueden ser igualmente declarados en quiebra. El comerciante retirado del comercio puede ser declarado en quiebra pero slo dentro de los 5 aos posteriores al retiro, con tal que la cesacin de pagos haya tenido lugar durante el tiempo que ejerci el comercio. De lamisma manera procede la quiebra de un comerciante fallecido siempre que hubiere muerto en un estado de cesacin de pagos, pero no puede ser solicitada ni pronunciada de oficio sino dentro de los 3 meses siguientes a su muerte. El Cdigo de Comercio equipara la quiebra de las Sociedades Mercantiles (comerciante social) a los comerciantes individuales. Slo en determinadas ocasiones establece normasparticulares para stas quiebras. 2. QUE NO HAYA ESTADO DE ATRASO significa que no haya obtenido el beneficio de atraso y claro, la liquidacin amigable. 3. QUE HAYA CESACIN DE PAGOS consiste en dejar de pagar las deudas de naturaleza comercial vencida y exigible. Entre nosotros se requiere hacer una distincin con la suspensin de pagos o sea el retardo o aplazamiento en los pagos de que habla el cdigo decomercio, al definir el estado de atraso en cambio la cesacin de pagos se debe a un estado de impotencia patrimonial en que se encuentra el deudor comerciante para hacer frente a los compromisos adquiridos. Para evitar las confusiones recordamos que la suspensin o el retardo de los pagos es un malestar econmico momentneo o accidental. Cuando un comerciante se encuentra en ste estado, le esaplicable el procedimiento de atraso pero cuando la cesacin de los pagos se debe a insolvencia, la situacin patrimonial deficitaria y por consiguiente el desbalance da lugar a la cesacin de pagos permanente o definitiva. CLASIFICACIN DE LA QUIEBRA El Art. 915 del C.Co. Clasifica la quiebra en Fortuita, Culpable y Fraudulenta. Quiebra Fortuita La que proviene de casos fortuitos o de fuerza mayor queconducen al comerciante a la cesacin de pagos y a la imposibilidad de continuar sus negocios. Es decir cuando se debe al infortunio o a un acontecimiento ajeno o extrao a la voluntad del deudor por ejemplo, una enfermedad en su persona, un incendio, una grave crisis econmica en el Pas. Quiebra Culpable Es la ocasionada por una conducta imprudente o disipada por parte del fallido. Puede decirse en...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • quiebra
  • La quiebra
  • quiebra
  • quiebra
  • Quiebra
  • Estado De Quiebra
  • Quiebra
  • La Quiebra

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS