La Raiz Del Miedo
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE SONORA
TITULO SEXTO
RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO
Y DE LOS MUNICIPIOS
ARTÍCULO 143.- Se reputará comoservidor público para los efectos de este título y será responsable por los actos u omisiones en que incurra en el ejercicio de su función, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión, decualquier naturaleza, en la administración pública estatal o municipal, en el Poder Legislativo, en el Poder Judicial, así como los servidores del Consejo Estatal Electoral, Consejeros DistritalesElectorales, Consejeros Municipales Electorales, del Tribunal Estatal Electoral y los del Instituto de Transparencia Informativa del Estado de Sonora Durante el periodo de su encargo el Gobernador del Estadosólo podrá ser encausado por delitos graves.
ARTICULO 144.- El Congreso expedirá la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos mencionados en el presente Titulo y las normas paradeterminar y sancionar sus actos u omisiones que generen alguno de los siguientes tipos de responsabilidad:
I.- Responsabilidad Política…
II.- Responsabilidad Penal…
III.- Responsabilidad Administrativa,exigible a los servidores públicos cuando éstos incurran en actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos,cargos o comisiones,
LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS
ARTICULO 63.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones, para salvaguardar lalegalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sancionesque correspondan, según la naturaleza de la infracción en que se incurra, y sin perjuicio de sus derechos laborales, previstos en las normas específicas que al respecto rijan en el servicio.
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