La Reforma Constitucional En Materia Penal De Junio De 2008 Y El Desarrrollo De La Acción Penal Privada
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Ponencia presentada por:
Arturo VillarrealPalos
“LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA PENAL
DE JUNIO DE 2008 Y EL DESARRROLLO DE LA ACCIÓN
PENAL PRIVADA”
Febrero
2011
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LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA PENAL DE JUNIO DE 2008 Y EL
DESARRROLLO DE LA ACCIÓN PENAL PRIVADA
Por Arturo Villarreal Palos *
Resumen
La reforma a la Constituciónfederal mexicana de junio de 2008, estatuyó, entre otras
cosas, que a la par de la acción penal pública en la persecución del delito, la ley
establecería los supuestos excepcionales en que también procedería la acción penal
privada. En ese tenor, el presente trabajo analiza los antecedentes legislativos en materia
de acción penal privada en México y las razones que llevaron al legislador a sureimplantación parcial en nuestro sistema jurídico. A efectos, comparativos, se da cuenta
de la forma en que esta acción se regula en algunas legislaciones latinoamericanas, para
luego pasar al desarrollo que ha tenido en los códigos penales de los ocho Estados que
han adoptado el nuevo sistema procesal penal acusatorio y oral y en los proyectos
oficiales. El autor concluye señalando que acordeal desarrollo de la legislación procesal
penal en Latinoamérica, en nuestro propio país e incluso desde la perspectiva
internacional, no parece haber duda que el campo natural de la acción penal privada es
aquel relacionado con los delitos contra el honor y la intimidad personal, así como en los
casos de los delitos contra la propiedad intelectual (patentes y marcas, derechos de
autor), acondición de que no se trate de delincuencia organizada. Existen otros supuestos
observados (delitos patrimoniales, culposos, lesiones, de querella) en que la frontera entre
el interés general y el interés particular, ya no parece tan clara, por lo que el autor
considera necesario hacer hincapié en la procedencia de la acción penal privada solo en
casos excepcionales en que el interés afectadono sea general, conforme fue la intención
del constituyente permanente, siendo este el único criterio configurador que debe tenerse
presente al regular este instituto.
SUMARIO: Introducción. 1. Acción penal pública y acción penal privada en el sistema
jurídico mexicano. 2. La acción penal privada en Latinoamérica. 3. El desarrollo de la
acción penal privada en México. 4. Conclusiones.
*Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Especialista en Derecho Penal.
Profesor Investigador en el Departamento de Derecho Público del Centro Universitario de Ciencias Sociales y
Humanidades de la Universidad de Guadalajara. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores. Donceles
2110, Colonia Jardines del Country, Guadalajara, Jalisco, C.P. 44210. arvipa@gmail.com2
Introducción
La reforma Constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de
2008, constituye, a no dudarlo, la mas importante en materia de justicia penal desde la
promulgación de la Constitución de 1917 y ha dado lugar a una extensa discusión sobre
sus alcances y propuestas, pero en este trabajo solo centramos nuestra atención en el
segundo párrafo...
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