La religion
2.- IDENTIFICACION DE INSTITUCIONES (MANIFESTACION DE VOLUNTAD)
3.- CONCLUSIONES
4.- BIBLIOGRAFIA
1.- DESCRIPCION DE PRINCIPALES HECHOS:
1.- La Empresa G y M S.A.-GMS S.A, por un lado y el MTC suscriben un contrato de Concesión de explotación de los Tramos de la carretera Arequipa – Matarani, por un plazo de 74 meses, que incluiría la ejecución dela rehabilitación y mantenimiento de dicho tramo, la explotación del derecho de peaje y la administración general de la concesión. Posteriormente la concesión fue transferida a favor de CONCAR.
2.- El proceso de licitación se llevó a cabo en virtud a la información técnica y económica suministrada por el MTC, no obstante esta información resultó ser inexacta teniendo gruesas equivocaciones enel metrado, por lo que se debió realizar trabajos adicionales, trayendo como consecuencia el aumento en el monto del presupuesto inicial.
3.- Con fecha 23 de marzo de 1995 CONCAR envió al MTC, una comunicación señalando los problemas anteriormente señalados y proponiendo que, en aplicación de lo dispuesto por el numeral 5.02 del Contrato de Concesión, se amplíe el plazo de concesión en 51 mesesadicionales a los previstos en el referido contrato. Dicha comunicación fue respondida, reconociendo la mayor inversión, sin embargo no cumplió con cancelar la deuda por mayor inversión.
4.- Adicionalmente, el MTC, mediante varios oficios se obligó a cancelar los montos por IGV, no obstante tampoco cumplió.
5.- Finalmente con fecha 16 de octubre de 1996, CONCAR cursó al MTC, una propuestade solución integral a las diferencias existentes planteando lo siguiente:
- Que el MTC cumpla con pagar el IGV a la obra de rehabilitación según el monto básico contractual, sin incluir la parte correspondiente a la mayor inversión (trabajos adicionales), ni intereses.
- Extender el período de la concesión en 41 meses para así compensar la mayor inversión que CONCAR había realizadocomo consecuencia de las deficiencias en la información brindada por el MTC durante el proceso de licitación.
6.- La propuesta de CONCAR fue recibida por el MTC con fecha 18 de octubre de 1996 y contestada por el MTC el 05 de noviembre de 1996 indicando su disconformidad con la propuesta de CONCAR y señalando que se mantenga en su integridad el Contrato de Concesión inicial.
HECHOS SEGÚN ELMTC
1.- El MTC, señala que la empresa concesionaria en su momento realizó inspecciones en el lugar de las rehabilitaciones expresando su conformidad con la plena validez del informe técnico, asimismo, los trabajos adicionales que señalan los concesionarios formaban parte del expediente técnico y finalmente que la inversión mayor constituye el riesgo asumido por el ofertante.
2.- El MTC,refiere que dentro del plazo de 15 días que señala la cláusula del contrato expresó su disconformidad con la modificación del Contrato de Concesión, esto es con un Oficio de fecha 04 de noviembre de 1996, debiendo computarse en días hábiles según el artículo 50 de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, por ser este un contrato de carácter administrativo.
2.- EL SILENCIO COMOMANIFESTACION DE VOLUNTAD
El artículo 142º del Código Civil, establece que el silencio es una forma de manifestación de voluntad cuando la ley o el convenio le atribuyen dicho significado. Para que el silencio constituya manifestación de voluntad es requisito necesario el acuerdo entre las partes[1], en nuestro caso analizado, se puede apreciar que quien otorga la calidad de manifestación devoluntad al silencio, es el Contrato de Concesión, en el parágrafo b) del artículo 5.02 del Contrato de Concesión, cuando señala: si dentro del plazo de quince días, no se hubiere recibido respuesta por escrito, se entenderá como una aceptación automática la propuesta de modificación inicialmente planteada; es decir, esa omisión (falta) en la respuesta (la misma que deberá ser necesariamente por...
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