La salud ocupacional en colombia, un alcance de la sociedad
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO
(1045)
EL MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL, En ejercicio de las facultades conferidas en los numerales 2,10 y 11 del artículo 5 de la ley 99 de 1993, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley 142 de 1994 y el Artículo 8° del Decreto 1713 de 2002, y CONSIDERANDO Que laConstitución Política determina en los artículos 79, 80 y en el numeral 8° del artículo 95, la obligación del Estado de proteger la diversidad del ambiente, de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental y el derecho de todas las personar a gozar de un ambiente sano; así mismo consagra como deber de las personas y del ciudadano proteger los recursos culturales y naturales del país yvelar por la conservación de un ambiente sano. Que el artículo 34 del Decreto 2811 de 1974, establece que para el manejo de los residuos sólidos se utilizarán los mejores métodos, de acuerdo con los avances de la ciencia y tecnología, para la recolección, tratamiento, procesamiento o disposición final de residuos sólidos, basuras, desperdicios y, en general, de desechos de cualquier clase. Que elartículo 36 del Decreto 2811 de 1974 señala que para la disposición o procesamiento final de las basuras se utilizarán, preferiblemente, los medios que permitan: a) Evitar el deterioro del ambiente y de la salud humana, b) Reutilizar sus componentes, c) producir nuevos bienes, d) Restaurar o mejorar los suelos. Que los numerales 2, 10, 11 del artículo 5° de la Ley 99 de 1993 precisan comofunciones del Ministerio del Medio Ambiente, el regular las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente, determinar las normas ambientales mínimas y las regulaciones de carácter general sobre medio ambiente a las que deben sujetarse los centros urbanos y asentamientos humanos y en general todo servicio o actividad que pueda genera directa o indirectamente daños ambientales, y dictarregulaciones de carácter general tendientes a controlar y reducir las contaminaciones geosférica, hídrica del paisaje, sonora y atmosférica en todo el territorio nacional. Que de otra parte, conforme lo determinan los numerales 8.4 y 8.5 del artículo 8° de la Ley 142 de 1994, la Nación es competente para apoyar técnica y administrativamente a las personas prestadoras del servicio de aseo y velar porqueestas cumplan con las normas de protección y conservación o cuando se requiera la recuperación de los recursos naturales o ambientales que sean utilizados en la generación, producción, transporte y disposición final de tales servicios. Que mediante la Ley 790 de 2002 se determina el cambio de denominación del Ministerio del Medio Ambiente a Ministerio de Ambiente, Vivienda y DesarrolloTerritorial. Que conforme al Decreto 216 de 2003, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, continuará ejerciendo las funciones establecidas en la Ley 99 de 1993. Que el artículo 8° del Decreto 1713 de 2002 modificado por el Decreto 1505 del 4 de junio de 2003, en relación con los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos -PGIRS determina la
RESOLUCIÓN NÚMERO XXXX
del XX dexxxx de 2005
Hoja No. 2
obligatoriedad de las entidades territoriales de elaborar y mantener actualizado el Plan Municipal o Distrital para la Gestión Integral de los residuos o Desechos Sólidos, de acuerdo a la metodología establecida por este Ministerio. Que en virtud de lo expuesto, se procederá a expedir la metodología para la elaboración y ejecución de los Planes de Gestión Integral deResiduos Sólidos – PGIRS y a tomar otras determinaciones. RESUELVE: ARTICULO 1.- Adoptar la Metodología para la elaboración y ejecución de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS, adjunta a la presente resolución, de acuerdo con lo determinado en el artículo 8° del Decreto 1713 de 2002. ARTICULO 2.- Definiciones: Para efectos de la presente resolución y de la metodología para...
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