LA SOCIEDAD COOPERATIVA
COOPERATIVA
La sociedad cooperativa prestará sus actividades
exclusivamente en favor de sus socios, actuará
bajo una denominación social y su capital, que
será variable, estará divididoen participaciones
iguales, los socios limitarán su responsabilidad por
las operaciones sociales al importe de las
participaciones que tuvieren a su nombre.
Articul
o 278
Para constituir unacooperativa el
número de sus socios será superior a
veinte.
Según la clase de cooperativa, los socios
han de ser productores consumidores,
prestadores o usuarios de los productos o
servicios ofrecidos porla cooperativa.
Los beneficios que consignan los
cooperadores
consistirán
exclusivamente en la obtención o venta
de productos o en la prestación de
servicios en condiciones económicas
favorables,por la eliminación de los
intermediarios
Articulo
279
Articulo
280
La cooperativa será de producción cuando esté
constituida por productores individuales, que se
asocian para trabajar o para laventa en común de
los productos que elaboran, y que no empleen
asalariados.
La cooperativa será de servicios cuando esté
formada por individuos que se asocian para la
prestación en común de servicios alpúblico.
La cooperativa será de consumidores cuando esté
formada por individuos que se asocian para obtener
en común bienes o servicios para ellos, sus hogares
o sus actividades individuales deproducción.
Articulo 281
282,283
Articulo 284
• Las cooperativas de producción no podrán
vender más productos que los elaborados
por sus socios.
• Las cooperativas de consumo no podrán
vender al público.
•Las cooperativas de servicios deberán
prestarlos con la colaboración personal de
sus socios y con los medios que éstos
porten.
Articulo 285
Las
cooperativas
formarán
su
denominación de acuerdo conlas normas
dadas para la sociedad anónima. La
denominación social irá siempre seguida
de las palabras sociedad cooperativa
limitada, o sociedad cooperativa suple
mentada o de sus respectivas siglas...
Regístrate para leer el documento completo.